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SCJ establece figura referimiento provisión puede ser otorgada

Imponen pago de multa acusado de suplantación de identidad
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Santo Domingo, RD. – La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que la figura del referimiento provisión puede ser válidamente otorgada en base al artículo 109 de la Ley núm. 834 de 1978.

Esto a pesar de que en nuestro ordenamiento jurídico la figura del referimiento no está expresamente contemplada en ningún texto legal.

Especifica que tiene que ser sobre el fundamento de la urgencia.

Explica que se caracteriza en aquellos casos en los que un retardo puede conllevar un perjuicio irreparable para una de las partes o donde existe la necesidad imperiosa de tutelar un derecho.

A lo que dicha Sala, en su sentencia núm. 1556-2021 de fecha 30 de junio de 2021, casa con envío la ordenanza, dictada por la corte a qua que ordenó una provisión en la que estaba manifiesta una obligación contestable por tratarse de un pago cuyo crédito estaba condicionado a una venta.

De acuerdo con la sentencia, uno de los requisitos indispensable para que el juez de los referimientos pueda conceder una provisión a favor del acreedor, es la existencia de una obligación contentiva de un crédito a favor de la persona reclamante, que no sea seriamente contestable.

En otras palabras, aquella que no es discutida ni objetada por la parte a quien se le pretende oponer.

Además, el solicitante demuestre la necesidad imperiosa de recibir la provisión derivada de una situación de urgencia que le impida esperar el transcurso por lo general más lento de la jurisdicción ordinaria.

MP solicita a SCJ juez para proceso contra diputados en caso Falcón

El Ministerio Público solicita a la Suprema Corte de Justicia (SCJ),  designación de juez para conocer imputaciones a diputados.

Estos son Nelson Rafael Marmolejos Gil, Héctor Darío Féliz Féliz y Faustina Guerrero Cabrera, implicados en la red.

La procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso, presentó la solicitud al presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina.

Esto mediante una instancia depositada en la secretaría del órgano judicial.

Marmolejos Gil, de Santiago; Féliz Féliz, de Pedernales, y Guerrero Cabrera, de El Seibo, figuran entre los involucrados.

Por lo tanto, tienen privilegio de jurisdicción, en virtud del Artículo 154 de la Constitución del país.

Dichos delitos son tipificados en los artículos 265 y 266 del Código Penal Dominicano.

Así como por los artículos 4, 58, 60, 75, 85, 99, 100 y 101 de la Ley 50-88, sobre Drogas y Sustancias Controladas.

Además de Erick Randhiel Mosquea Polanco, conocido como Rodolfo Beltrán, El Sony 7, El Chiquito, El Hombre y/o Chite, se encuentran prófugos sus hermanos.

Estos son: Harington José Mosquea Núñez y Claritza Andreina Mosquea Eduardo.

Más contenido por Redacción CDN

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