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SCJ establece entrevista en sede policial carece de fuerza

SCJ establece entrevista en sede policial carece de fuerza
SCJ establece entrevista en sede policial carece de fuerza

Santo Domingo, RD.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), informó este lunes que estableció el criterio de que la entrevista previa en sede policial o en presencia del Ministerio Público, puede ser empleada como elemento de prueba complementario del testimonio.

Esto es, que se utilice como un medio de refrescamiento de memoria del testigo o para ayudar a la construcción de la credibilidad o no del mismo.

A lo que dicha Sala, en su sentencia núm. 001-022-2021-SSEN-00097 de fecha 26 de febrero de 2021, casa por vía de supresión sin envío la sentencia impugnada.

Al estimar procedente excluir como medio de prueba la entrevista policial, examinada por el tribunal sentenciador como elemento de prueba.

De acuerdo con la sentencia, la corte qua al dar valor probatorio a la entrevista en sede policiales desnaturalizaron pilares del sistema penal que los rige.

Y si bien su recolección ha sido lícita la misma carece de fuerza para sustentar una sentencia.

Pues como indicaron solo los elementos de prueba previstos por la norma adjetiva son los que pueden ser incorporados al juicio por su lectura.

La decisión la adoptaron los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, quien preside la Sala.

También los magistrados: Fran Euclides Soto Sánchez, María G. Garabito Ramírez y Francisco Antonio Ortega Polanco.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ)

La Suprema Corte de Justicia es el órgano jurisdiccional superior de todos los organismos judiciales.

Sus Órganos Jurisdiccionales son:

El Pleno: Está conformado por todos los jueces y es el órgano de mayor jerarquía. Las decisiones se toman por mayoría de votos y en caso de empate, el voto del Presidente será decisorio.

Primera Sala: Tendrá competencia para conocer y fallar los recursos de casación que se interpongan por primera vez, en materia Civil y Comercial.

Segunda Sala: Será competente para conocer y fallar los recursos de casación que se interpongan por primera vez.

Tercera Sala: Será competente para conocer y fallar los recursos de casación que se interpongan por primera vez, en materia de tierras.

Salas Reunidas: Está compuesta por las tres salas de la Suprema Corte de Justicia, y es el órgano competente para conocer del segundo recurso de casación.

Más contenido por Redacción CDN

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