Reporte Especial

Constitución Dominicana: 39 modificaciones y una larga lista de interés personales

Santo Domingo. – La Constitución de la República Dominicana ha sido modificada en 39 ocasiones desde su promulgación el 6 de noviembre de 1844, donde cada una de estas reformas ha respondido a las circunstancias políticas, económicas y sociales del momento, reflejando los cambios en el liderazgo y las prioridades en el país.

También se suma una larga lista de intereses personales de actores de poder que han tratado de controlar en rumbo de la nación. Ante la reciente propuesta reforma constitucional, el programa Reporte Especial con Julissa Céspedes analizó los cambios que ha sufrido la Carta Magna.

Primeras modificaciones

La primera modificación fue el 25 de febrero de 1854, bajo el liderazgo del presidente Pedro Santana, quien consolidó su poder autoritario. Realizó cambios en el Artículo 6, donde se extendió el período presidencial de cuatro a seis años.

Se suprimió el Artículo 210, restringiendo los poderes del Ejecutivo y amplió las facultades del Poder Judicial y del Congreso Nacional. Además, de manera transitoria se estableció que el presidente permanecerá en el poder por dos períodos consecutivos.

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Constitución de Moca

Pero el 19 de febrero de 1858 se firmó la Constitución de Moca, conocida como la más democrática y liberal de los textos sustantivos dominicanos.

El Artículo 3 establece que “La Ciudad de Santiago de los Caballeros, es la Capital de la República y el asiento del Gobierno”.

Mientras que en el Artículo 31 se establecieron los poderes del Estado en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Por otra parte, en el Artículo 32 se dividió al Congreso Nacional en un Senado y una Cámara de Representantes.

Post-Restauración

Otra modificación de la carta sustantiva de la nación se produjo tras la Guerra de Restauración, específicamente el 14 de noviembre 1865. El presidente José María Cabral logró elevar al régimen municipal a la categoría de cuarto poder del Estado.

La Constitución de 1865 tuvo una efímera vigencia, pues el 27 de septiembre 1866, hubo otra reforma. El presidente Gregorio Luperón le quitó la facultad a la Asamblea Nacional de poder modificar la Constitución.

Dos años después, el 23 de abril de 1868 una junta de generales ejerció un acto constitucional. Esta solo tuvo cuatro artículos, siendo el más importante el primero, porque reinstauró la vigencia de la Constitución de 1854.

El 14 de septiembre de 1872, fue promulgada una nueva reforma constitucional, cuyo cambio principal fue el permitir la reelección presidencial. Además, prohibió el derecho constitucional de los creyentes protestantes a celebrar cultos y declaró a la Iglesia Católica, Apostólica y Romana como la religión oficial.

El 24 de marzo de 1874, con la caída de Buenaventura Báez, un grupo de generales se encargó de la nación y convocó una constituyente. En ese momento se suprimió el derecho de saber leer y escribir para los votantes, eliminó el poder municipal y estableció un Congreso unicameral.

Esa constitución se reformula sucesivamente en 1875, 1876, 1877, 1878, 1879, 1880, año en que el general Gregorio Luperón decreta la celebración de elecciones para la Asamblea Nacional que debía dotar al país de una nueva Constitución.

Meriño y Lilís

Posteriormente, el 23 de noviembre de 1881, el presidente de la República, Fernando Arturo de Meriño, decidió mediante decreto asumir poderes discrecionales al suspender la Constitución y convocar la Asamblea Constituyente para reformarla.

Esa reforma trajo como resultado que el presidente Meriño adoptara una Constitución que amplió los poderes extraordinarios del mandatario.

Unos años más tarde, bajo el mandato de Ulises Heureaux, conocido como Lilís, lleva una nueva reforma a la medida del nuevo dictador. En esta acción el periodo presidencial vuelve a ser de cuatro años y ordena que las elecciones para el 1888 se hicieran en los colegios electorales.

En la cuarta gestión de gobierno de Lilís propició otra reforma constitucional que le permitiría la reelección en 1896.

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Inicio del Siglo XX

A comienzo de siglo XX, se produjeron dos reformas durante el gobierno de Ramón Cáceres que crearon un impacto sociopolítico. La primera 14 de junio 1907, la cual concedió la abolición del catolicismo como religión oficial, libertad de conciencia, y preservación de la reelección indefinida.

La segunda Constitución, en el gobierno de Cáceres, fue el 22 de febrero de 1908. Trajo la extensión del período presidencial a seis años, eliminación del cargo de vicepresidente, y restablecimiento de un Poder Legislativo bicameral.

El 13 de junio de 1924, la Constitución fue modificada durante la presidencia provisional de Juan Bautista Vicini Burgos, en esta se restableció el período presidencial de cuatro años sin reelección.

Luego de la intervención militar de Estados Unidos en 1924, el presidente Horacio Vázquez modificó la Constitución tres ocasiones: Para extender su período de gobierno a seis años, modificó el régimen fronterizo territorial con Haití y para permitir su postulación luego de concluido su período de seis años.

Modificaciones de Trujillo

Durante los 31 años de dictadura de Rafael Leónidas Trujillo, la Constitución fue cambiada siete veces, en 1934, 1942, 1947, 1955, 1957, y dos veces en 1960. Estas reformas se aprobaron siempre guardando las formas jurídicas y los procedimientos institucionales, aunque con un control absoluto por parte de Trujillo y su partido.

Algunas de las medidas que fueron introducidas en estas reformas: En 1934 se refinó el texto constitucional, se mejoró el lenguaje y se dio mayor coherencia a aspectos de la Constitución. En 1942 se introdujeron las atribuciones de la capacidad política de la mujer casada, se suprime la Vicepresidencia de la República y crea disposiciones a favor de los hombres de trabajo.

La de 1947 fue una reforma con el propósito de establecer en el país un sistema bancario y monetario propio. Para la reforma constitucional del 1955 se incluyó reponer la Vicepresidencia de la República, rebajar a veinticinco años la edad requerida para ser Presidente de la República y designa a Rafael Leónidas Trujillo como Padre de la Patria Nueva.

En 1959 se modificaron los artículos 114, 115 y 116, los cuales establecieron el procedimiento para enmendar la Constitución. Se concedió al Congreso Nacional el poder de enmienda, lo que implicó que ya no sería necesario elegir un cuerpo separado.

La Constitución también se cambió el 28 junio de 1960, en esta fueron eliminadas las disposiciones anticomunistas incluidas en la reforma constitucional de 1955. También se redujo el período presidencial de cinco a cuatro años.

Y en diciembre de ese mismo año, se incluyó una proclamación de condena contra cualquier “hermano país de América” y la eliminación de la vicepresidencia.

Fin de la dictadura

Tras la muerte de Trujillo, Joaquín Balaguer se mantuvo como presidente provisional, pero el 29 de diciembre de 1961 se produce otra reforma la Constitución, donde se estableció un Consejo de Estado con las funciones y potestades del Ejecutivo y del Poder Legislativo, incluyendo la potestad de reformar la Constitución.

El 16 de septiembre de 1962, se llevó a cabo otra reforma, un detalle importante de esta modificación consistió en eliminar el artículo que exigía a los candidatos presidenciales haber vivido en territorio nacional durante los cinco años precedentes a la elección, lo que le permitió a Juan Bosch ser candidato y posteriormente Presidente de la República.

Constitución de Bosch

La reforma constitucional del 29 de abril de 1963, ocurrió durante la presidencia de Juan Bosch. De acuerdo con especialistas en el tema es la que marca un salto cualitativo importante, por considerarla la primera Constitución social de la República Dominicana. Además de representar un cambio que rompió completamente el modelo tradicional que el país había tenido.

Dentro de sus modificaciones se encuentran el establecimiento de la nación dominicana, declara la libre iniciativa económica privada, establece como norma general que la propiedad debe servir al progreso y bienestar del conglomerado, declara los delitos contra el pueblo, consagra que el trabajo, en todas sus formas y su aplicación, estará bajo la vigilancia y protección del Estado.

Esta reforma de 1963, estableció además el derecho y deber de los trabajadores de colaborar con las empresas y de participar en los beneficios de las mismas, implanta el derecho de cada familia dominicana de poseer una vivienda propia, declara de interés social la erradicación definitiva del analfabetismo.

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Pausa en las reformas

La Carta Magna recibió otra modificación el 28 de noviembre de 1966, bajo la presidencia de Balaguer, en un período de restauración del orden tras la crisis de 1965.

Esta reforma contempló los siguientes puntos: la nación, soberanía y gobierno, los derechos a la ciudadanía, los de los tres poderes del Estado, instituyó por separado la celebración de las elecciones presidenciales y municipales y se restableció la reelección presidencial.

Tras pasar casi tres décadas sin modificación. El 20 de agosto de 1994 la Constitución recibió otra reforma, en el último mandato presidencial de Joaquín Balaguer fruto de una grave crisis electoral.

Aquí se estableció nueva vez la prohibición de la reelección presidencial consecutiva y sirvió para consagrar la autonomía e independencia del Poder Judicial. Se creó el Consejo Nacional de la Magistratura para designar los integrantes de la Suprema Corte de Justicia.

Inicio Siglo XXI

El 25 de julio de 2002 se reformó otra vez para permitir una única reelección presidencial consecutiva, al estilo del sistema norteamericano. En ese entonces el presidente era Hipólito Mejía, también eliminó los colegios electorales cerrados.

La Constitución de 2010, bajo el mandato de Leonel Fernández, fue el resultado de una modificación integral. Ya que se permitió la participación de diversos sectores de la sociedad. Se constitucionaliza el Estado como un instrumento en beneficio de la gente, es decir, se coloca a la persona como centro de todo. También se fundamenta en el respeto a la dignidad humana.

La modificación a la Constitución en 2015 se realizó bajo la presidencia de Danilo Medina, enfocándose en cambiar el artículo 124 que permitió la reelección presidencial.

Actual reforma

Recientemente, el presidente Luis Abinader presentó el contenido de una propuesta de reforma constitucional, expresando que con esta se pretende poner fin al caudillismo y el personalismo continuista de los presidentes.

La propuesta de reforma constitucional del mandatario tiene como objetivo consolidar la independencia del Ministerio Público, garantizar la estabilidad constitucional de las reglas de elección presidencial y reducir la cantidad de diputados, así como unificar la celebración de las elecciones presidenciales, congresuales, parlamentarias de organismos internacionales y municipales.