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Presidente de Ecuador ordena al Ejército restablecer el orden detener bandas armadas

Daniel Noboa, presidente de la República del Ecuador. FOTO: Fuente externa
Daniel Noboa, presidente de la República del Ecuador. FOTO: Fuente externa

Guayaquil, Ecuador.- Después de que varias personas encapuchadas penetraron este martes en el interior del canal de televisión TC de Ecuador en Guayaquil, y tomaran como rehenes parte del personal de dicho medio informativo, el presidente, Daniel Noboa, ha declarado en un decreto la existencia de un «conflicto armado interno» en el país y ha ordenado a las Fuerzas Armadas ejecutar acciones militares para detener bandas.

La intervención militar ordenada por el presidente se produce en un momento en que el país está bajo estado de excepción, con un toque de queda nocturno desde el lunes. Este, decretado por Noboa e incidentes en al menos seis cárceles del país.

Pese a este estado de excepción, se ha registrado la explosión de vehículos. Del mismo modo, atentados con explosivos y secuestro de policías. También, la distribución de panfletos en los que se rechaza la transferencia de reos de unas cárceles a otras.

La medida ha llegado en medio de una crisis carcelaria. También, tras la fuga de uno de los reclusos considerados más peligrosos del país, Fabricio Colón Pico, capturado después de que la fiscal general del Estado, Diana Salazar, denunciase un presunto plan para atentar en su contra.

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Noboa, ya había anticipado a través de un mensaje en la red social Instagram que había firmado el decreto ejecutivo sobre el estado de excepción, cuyo texto incluye un artículo sobre la restricción a la libertad de tránsito o toque de queda de seis horas, que irá desde las 23.00 horas de la noche hasta las 05.00 horas de la mañana.

El artículo 7 del anuncio presidencial precisa que, «las personas que circulen durante el horario de toque de queda serán puestas a órdenes de la autoridad judicial competente».

El decreto, no obstante, señala varias excepciones sobre el toque de queda. Este, pues no se incluirá en dicha medida a los servicios de salud pública y privada. También, a los miembros de la fuerza pública y servicios de emergencia. Del mismo modo, servidores de varias entidades gubernamentales y el cuerpo diplomático acreditado en el país.

También a contratistas públicos y personal del sector exportador y del industrial que ejerza faenas nocturnas. Asimismo, viajeros de vuelos programados y abogados que acrediten la necesidad de movilización durante el toque de queda. A estos se les añaden, trabajadores de medios de comunicación y empleados de sectores estratégicos.

Suspendido el derecho a la libertad de reunión y otras medidas

El decreto ejecutivo del Gobierno precisa que el estado de excepción abarca «todo el territorio nacional» y que resultó aplicado ante la «grave conmoción interna, incluidos todos los centros de privación de la libertad que integran el Sistema Nacional de Rehabilitación Social, sin excepción alguna».

También suspende el derecho a la libertad de reunión en el territorio nacional. Del mismo modo, en las cárceles, así como el derecho a la inviolabilidad de domicilio y al de la correspondencia en el sistema penitenciario.

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El decreto de estado de excepción declara igualmente como «zona de seguridad a los centros de privación de la libertad», así como en el «radio de un kilómetro del perímetro de cada centro» penitenciario, donde los policías y militares podrán realizar controles a vehículos y autobuses.

Asimismo, dispone la posibilidad de «requisiciones a las que haya lugar para mantener el orden. También, la seguridad en todo el territorio nacional». Estos, se efectuarán en «casos de extrema necesidad y en estricto cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente».

Con información de: Rtve.es

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