Pensándolo bién

Buen ejercicio municipal

Cámara de Cuentas

La ley 311-14 establece que 6216 funcionarios públicos deben presentar su declaración jurada de patrimonio en un plazo de treinta días calendarios, contados a partir de la designación, actualizarla por nuevo nombramiento, por cese de las funciones, o a requerimiento de la Cámara de Cuentas.

Dentro de esos miles de funcionarios, 2,286 corresponden a funcionarios municipales escogidos las pasadas elecciones y se suman parte del personal administrativo de esas dependencias autónomas como lo establece el artículo 10 del reglamento de la referida ley, que incluye a los alcaldes, vicealcaldes, regidores y tesoreros municipales; directores y tesoreros de los distritos municipales, el Secretario General y los subsecretarios de la Liga Municipal Dominicana; así como, sus directores administrativos y financieros, y encargados de compras y contrataciones de las entidades locales y de la Liga Municipal Dominicana.

De los ediles, los que deben estar más comprometidos a realizar su declaración jurada de patrimonio deben ser los administradores de fondos de los ayuntamientos, que son los alcaldes, claro sin quitarle responsabilidad a los demás funcionarios elegidos y los designados de forma administrativas, con el propósito de que puedan presentar un buen ejercicio municipal.

Los alcaldes que tomaron posesión el pasado 16 de agosto sólo le restan 18 días para completar su declaración jurada de patrimonio y enviarla a la Cámara de Cuentas.

El presupuesto de los cabildos es designado por la cantidad de munícipes que residen en ese territorio, exceptuando al Distrito Nacional que la ley 176-07 le concede  un tratamiento especial por ser la capital de la República.

El 16 de agosto, los municipios que reciben la mayor cantidad de recursos del presupuesto nacional cambiaron de alcalde, se trata de los ubicados en el Gran Santo Domingo, Santiago, San Cristóbal y  La Vega, ya sea por un político del mismo partido o sustituto por uno de la oposición. Esto representa una excelente oportunidad para que se inicie un buen ejercicio municipal, que inicie con una declaración jurada de patrimonio de esos ediles.

Ese buen ejercicio municipal siempre deberá estar acompañado de un buen ejercicio ciudadano, que inicia con un edil responsable que declara el patrimonio con el que llega a la alcaldía, que sigue con unos munícipes  que se convierten en veedores de que las ejecutorias se realicen según las normas establecidas, una Cámara de Cuentas exigente e independiente y un Ministerio Público que someta a la justicia a los servidores públicos que no cumplan con la ley.

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