Santo Domingo, RD.- La Comisión de Salud Pública del Senado de República Dominicana, analiza tres iniciativas legislativas enfocadas en la regulación del sistema de sangre en el país.
Se trata del proyecto de ley que regula el Sistema Nacional de Sangre, el que instituye el Hemocentro Nacional y la Red Nacional de Servicios de Sangre, y el que crea el Sistema Nacional de Bancos de Sangre y Donación de Sangre.
En contexto buscan establecer un marco legal integral para la donación, el almacenamiento y la distribución de sangre y sus derivados, abarcando tanto el sector público como el privado.
El proyecto unificado establece que la ley regulará todos los aspectos sociales y sanitarios vinculados a la donación de sangre, plasma y otros componentes celulares.
RECOMENDAMOS LEER:
Dicha regulación tendrá alcance nacional y será supervisada por las autoridades de Salud Pública, por lo que se declara de interés nacional la hemodonación, la hemoterapia, los bancos de sangre y los centros de transfusión.
Establece que la donación debe ser voluntaria, libre, consciente y no remunerada. No se considerará donante a quien solicite alguna compensación económica.
Además, toda discriminación por nacionalidad, orientación sexual, raza, color, etnia, religión o ideología está prohibida.
Los derechos de los donantes incluyen la gratuidad del procedimiento, acceso a reconocimiento médico gratuito, confidencialidad de los datos personales, prioridad para recibir transfusiones si las necesitan, participación en asociaciones y reconocimiento social.
Quienes no pueden donar
Se prohíbe la donación en menores de 18 años, mayores de sesenta, mujeres embarazadas y hasta seis meses después del parto, personas con hepatitis A, B, C o D, con VIH/SIDA o condiciones determinadas por el reglamento.
El proyecto contempla derechos para los receptores de sangre y derivados, como el acceso libre y gratuito, productos sometidos a controles de calidad y el respeto a la intimidad y el honor. En el apartado organizativo, los bancos de sangre se clasifican en regionales, provinciales o de área y hospitalarios.
Sus funciones incluyen la promoción de la donación, la extracción, el procesamiento, la distribución y la supervisión de la calidad de la sangre.
Asimismo, exige que los centros de transfusión deben cumplir normas de seguridad, informar de forma clara a los donantes, respetar su voluntad en todo momento y mantener adecuadamente los productos.
De igual forma, prohíbe la venta de sangre y derivados, así como cualquier forma de lucro en la obtención, procesamiento o distribución.
LE PUEDE INTERESAR:
La importación y exportación de sangre solo podrá realizarse con autorización expresa del Ministerio de Salud Pública. En cuanto al régimen de sanciones, se definen faltas leves y graves para quienes incumplan la ley.
La Comisión de Salud Pública continuará el análisis de la propuesta unificada, con el objetivo de fortalecer el sistema nacional de sangre y asegurar un marco legal que proteja a donantes y receptores en República Dominicana.
Participan Lía Díaz de Díaz, los senadores Daniel Rivera, Jonhson Encarnación, Dagoberto Rodríguez Adames, Moisés Ayala, Odalis Rodríguez y Alexis Victoria Yeb. La discusión se centró en avanzar hacia una legislación que garantice la seguridad, la equidad y la gratuidad en la donación y el acceso a sangre en el territorio nacional.