Política

JCE realiza «sorteo de desempate» de 19 casos tras primarias PRM

primarias PRM

El pleno de la Junta Central Electoral (JCE) realizó este jueves un procedimiento para definir las candidaturas de regidores y vocales de 19 demarcaciones que resultaron empatados en las primarias del Partido Revolucionario Moderno (PRM) el pasado primero de octubre.

De acuerdo con lo establecido en la Ley de Régimen Electoral, el método es el siguiente:

En una urna son introducidos los nombres de los precandidatos empatados. Posteriormente, el presidente de la junta municipal correspondiente agita la urna, en forma de tómbola, y se extrae el sobre con el nombre del regidor ganador.

El delegado suplente del PRM ante la Junta, Dionisio de los Santos, aseguró que esa organización avanza en la definición de sus candidaturas y que en el caso de las encuestas para escoger a diputados y senadores ha tenido una aceptación por encima del 95%.

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TSE rechaza amparos contra primarias PRM

El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó dos acciones de amparo de revisión de boletas y cotejo de actas, en las elecciones primarias del Partido Revolucionario Moderno, en Hato del Yaque y en el municipio cabecera de Santiago.  

La primera de ellas se refiere a la Acción de Amparo solicitando revisión y cotejo de las actas y boletas de las elecciones convencionales del Partido Revolucionario Moderno PRM en la Circunscripción número 2 del municipio de Santiago, contra la Junta Central Electoral, incoada por el señor Erick Manuel Quiñonez García.

El Tribunal acogió el medio de inadmisión planteado por las partes accionadas y, en consecuencia, declaró inadmisible la acción de amparo incoada en fecha 4 de octubre del 2023 por el mencionado ciudadano, en virtud de lo previsto en el artículo 70, numeral 3, de la Ley número 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales y del artículo 132, numeral 3, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales, en razón de su notoria improcedencia.

Previo a declarar inadmisible la acción de amparo, los jueces rechazaron la solicitud de exclusión invocada por el Partido Revolucionario Moderno (PRM), ya que, al tratarse de un conflicto suscitado por la celebración de Elecciones Primarias correspondientes a la selección de candidaturas internas de dicha organización política, la sentencia a intervenir le sería común, oponible y ejecutable a esa organización partidaria.

Más contenido por David Ruíz Pérez

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