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INTRANT aclara disposiciones de la Resolución 002-2019, sobre neumáticos

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Dicha resolución no aplica para los neumáticos que se encuentren en uso

Santo Domingo, RD.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), aclaró que los 4 años de caducidad de los neumáticos a los que se refiere la Resolución número 002-2019, aplica únicamente a aquellos neumáticos sin uso que se encuentren almacenados, y que transcurrido este tiempo desde la fecha de su fabricación, no hayan sido instalados; es decir, no aplica para los neumáticos que se encuentren ya en uso y que estén aptos para la circulación en las vías.

El órgano rector del Tránsito, el Transporte Terrestre, la Movilidad y la Seguridad Vial, precisa en un comunicado de prensa, que, sobre las disposiciones referentes al recauchutado de neumáticos, todos los vehículos pueden utilizarlo siempre que estén en condiciones aptas para la circulación en las vías.

De igual modo, el INTRANT precisa que la presión de inflado, pueden variar en función de características tales como, si el vehículo lleva o no carga, así como la cantidad de neumáticos con que cuenta la unidad de acuerdo a las especificaciones del fabricante.

Más contenido por Redacción CDN

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