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CARD pide a Cámara de Cuentas compruebe manejo eficiente de recursos

CARD pide a Cámara de Cuentas compruebe manejo eficiente de recursos
CARD pide a Cámara de Cuentas compruebe manejo eficiente de recursos

Santo Domingo, RD. El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) solicitó a la Cámara de Cuentas que envíe los auditores encargados de la investigación especial dispuesta por la resolución No. DEC-2021-123, del 23 de julio del 2021, para lo cual ha dispuesto la habilitación de una oficina desde donde se realizará dicho proceso. El mismo incluye la entrega de toda la documentación, información y acceso, en favor de dichos auditores.

El presidente del gremio, Miguel Surun Hernández, dijo que “luego de varios meses de diferencias y a pesar de que la Cámara de Cuentas solo tiene facultad para auditar recursos y patrimonio público, ninguno de los cuales maneja el gremio, hemos decidido abrirles las puertas y entregarles todas las documentaciones necesarias para que realicen su investigación especial, para que dicha entidad y el país puedan comprobar el manejo pulcro y transparente de los recursos que manejamos y demostrarles que la actual Junta Directiva del CARD y yo como su Presidente no tenemos nada que temer”.

Surun Hernández explicó que adoptaron la decisión para despejar cualquier tipo de dudas y de fortalecer la imagen de la actual administración del CARD.

En este sentido, indicó que ha sido cuestionado “por la Cámara de Cuentas y por otros sectores interesados con el objetivo de hacer daño. Pero la verdad saldrá a relucir pronto”.

Explicó que el CARD ha designado un personal especializado que trabajará en el proceso de recolección. También, en la entrega de todos los documentos, información y de facilitar el acceso de los auditores que realizarán dicha investigación.

El CARD dice para obtener informe de Cámara de Cuentas tuvo que ir al TSA

El presidente del gremio informó que para poder obtener la resolución que dispone la investigación especial al CARD por parte de la Cámara de Cuentas, tuvo que someter una acción de amparo en el Tribunal Superior Administrativo.

Es decir, dijo que lograron su entrega de manera forzosa. Pero desde que recibieron dicha resolución en la que se pretende investigar 18 operaciones realizadas por el Colegio de Abogados comenzaron a recolectar las mismas.

Además, manifestaron públicamente su intención de cooperar con dicha entidad en diciembre pasado, por asuntos de imagen pero no de competencia.

El gremialista destacó que “nunca hemos estado opuestos a la rendición de cuentas, a las auditorías y fiscalización de la actual gestión del CARD”.

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Afirmó que siempre han aplicado sólidos controles contables y un eficiente manejo de los limitados fondos que ingresan a la institución. Pero también sus estados financieros con ingresos, egresos, nómina, compras, auditorías y otras operaciones son publicados mensualmente en nuestra página institucional.

“Somos auditados anualmente por reconocidas firmas privadas en coordinación con el Fiscal de Cuentas. Nuestros suplidores son entidades establecidas con reconocida experiencia y solvencia moral, sin vínculos con nadie de la Junta Directiva Nacional”, agregó Surun.

Ingresos y características del gremio

La Ley 3-19 del Colegio de Abogados establece pago de 50 pesos por sellos para ser utilizados en contratos notarizados, registros, modificaciones, renovaciones y transformaciones. También para registros comerciales tramitados por ante la Cámara de Comercio y Producción de la República Dominicana, actos de alguaciles, conclusiones judiciales y otros.

La Junta Directiva del CARD recordó que el Colegio de Abogados está definida por Ley como Corporación de Derecho Público, está sujeto al Derecho Privado.

Sin embargo, en algunos aspectos pueden quedar sujetas al Derecho Administrativo. Ya que sus titulares pueden desempeñar, por atribución del ordenamiento o delegación expresa de la administración, ciertas facultades de orden administrativo sobre sus propios miembros.

Defienden los intereses económicos o profesionales de sus miembros, como es el caso de las Cámara de Comercio y Producción de República Dominicana.

Al igual que el Colegio de Abogados son Corporaciones de Derecho Público, tal y como lo estableció el Tribunal Constitucional mediante Sentencia TC/0291/14. Esto excluye de la competencia de la Cámara de Cuentas.

Cámara de Cuentas no tiene potestad pata auditar al CARD

Expresó que el CARD maneja potestades públicas, no recursos públicos y que la Cámara de Cuentas solo puede auditar el manejo de los recursos públicos.

Asimismo, solo puede fiscalizar otras entidades del Estado. “Pero a pesar de esto y de que el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado sobre un recurso de competencia para determinar la real competencia de la Cámara de Cuentas, estamos dispuestos a colaborar”.

El gremio agregó que el único tipo de auditoría que la Ley 3-19 del CARD, refiere respecto a la Cámara de Cuentas, es únicamente respecto a la “eficacia y eficiencia presupuestaria”. “Muy parecidas a las auditorías de gestión contempladas en el párrafo II del artículo 30 de la Ley 3-19”.

No obstante, dijo que para aclarar malos entendidos, enviaron a las autoridades toda la documentación que demuestra la falsedad de la calumniosa denuncia. Misma que generó la investigación especial, cuya resolución nunca se nos quiso entregar.

Sentencia del TC

Asimismo, destacó que recientemente el Tribunal Constitucional determinó mediante sentencia que “El Colegio de Abogados es una entidad gremial con intereses y base privada.

El TC alega que los colegios profesionales constituyen una típica especie de corporación, reconocida por el Estado. Está dirigida no solo a la consecución de fines estrictamente privados, lo que podría conseguirse con la simple asociación. Sino esencialmente a garantizar que el ejercicio de la profesión, lo cual constituye un servicio al común de indudable interés público, se ajuste a las normas o reglas que aseguren, tanto la eficacia, como la eventual responsabilidad en tal ejercicio”.

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