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Centro Juan XXlll se opone a prórroga declaración jurada de bienes funcionarios

Santo Domingo RD.- El Centro Juan XXlll manifestó su oposición a la decisión tomada por la directora de Ética e Integridad Gubernamental, Milagros Ortiz Bosch, de otorgar un plazo a los funcionarios para presentar su declaración jurada bienes.

Mediante un comunicado dirigido a Ortiz Bosch, el centro expresó que cualquier funcionario público que entregue su declaración jurada en un plazo mayor a los 30 días de haber sido nombrado se encuentra en violación a la Ley 311-14.

“Nos entusiasma saber que el presidente de la República ha asumido el compromiso de velar por el cumplimiento de la misma, sin embargo nos ha desconcertado su decisión de otorgar un plazo a los funcionarios para la presentación de sus declaraciones más allá del previsto por la ley”, aseguran en la misiva.

A continuación, la carta integra…

1ro de septiembre del 2020
Doctora Milagros Ortiz Bosch
Directora de Ética e Integridad Gubernamental
Su despacho

Estimada Dra. Ortiz Bosch

Antes que todo quisiéramos agradecerle el recibirnos en su despacho y habernos dado la oportunidad de compartir nuestras ideas y visión sobre la necesidad que tiene actualmente la República Dominicana de que todos los funcionarios del Estado se conduzcan de manera ética, anteponiendo siempre los intereses de la Nación a los personales, así como para explorar posibles canales de colaboración con su gestión.

Como es conocido por usted, el Centro Juan XXlll ha tenido especial interes en el cumplimiento de la Ley 3Lt-1.4 Sobre Declaración Jurada de Patrimonio, asumiendo en su momento como misión el garantizar que fuese emitido su reglamento, y posteriormente dándole seguimiento a su aplicación a traves del Laboratorio Padre José Antonio Esquivel, junto a la Pontificia Universidad Cat6lica Madre y Maestra.

Nos entusiasma saber que el presidente de la República ha asumido el compromiso de velar por el cumplimiento de la misma, sin embargo nos ha desconcertado su decisión de otorgar un plazo a los funcionarios para la presentación de sus declaraciones más allá del previsto por la ley. Esta es una facultad que escapa a las atribuciones del Presidente y por lo tanto cualquier funcionario público que entregase su declaración jurada en un plazo mayor a los 30 días calendario luego de haber sido nombrado se encontrará en violación de la citada ley, por lo que se expone a enfrentar las graves consecuencias de tal incumplimiento.

Esperamos que desde su posición pueda asesorar al Presidente sobre este particular.

Con sentimientos de alta estima, me despido.

 

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