SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados aprobó este jueves, en dos discusiones consecutivas, el proyecto de ley que regula los juegos de azar en la República Dominicana.
La legislación, de la autoría de los senadores Pedro Catrain y Félix Bautista, fue objeto de varias modificaciones por parte de los diputados, por lo que deberá regresar al Senado de la República, donde había sido aprobada previamente.
El proyecto tiene por objeto establecer las normas que regulen la autorización, fiscalización y supervisión de las personas físicas o jurídicas que desarrollen, operen o comercialicen actividades relacionadas con todo tipo de apuestas y juegos de azar en el territorio dominicano.
Además, contempla la organización y funcionamiento de estas actividades. Así como la eficiente recaudación de las tasas y tributos derivados de las apuestas y juegos de azar.
Busca establecer los deberes, derechos y obligaciones de los operadores de las distintas modalidades de apuestas y juegos de azar.
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Estas disposiciones aplicarán tanto a las operaciones físicas como a las realizadas mediante canales electrónicos, informáticos, telemáticos, virtuales o interactivos. Además, procura proteger los derechos de los usuarios de apuestas y juegos de azar. También propone establecer un régimen de autorización de licencias para los operadores de juegos de azar y apuestas en sus distintas modalidades.
Asimismo, fija las obligaciones que deberán cumplir esos operadores. Además, busca prevenir y sancionar los comportamientos fraudulentos. También pretende combatir las actividades de lavado de activos en las que puedan incurrir los distintos actores que convergen en el sector. La iniciativa procura contribuir al mantenimiento del orden público y a la protección de la sociedad.
También dispone el cumplimiento de las obligaciones tributarias de todas las personas físicas. Así como jurídicas que desarrollen, operen o comercialicen actividades de apuestas y juegos de azar. Además, busca garantizar la correcta recaudación de los tributos. Como uno de sus fines esenciales, establece la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
Ámbito de aplicación
“Esta ley se aplica a todas las personas físicas y jurídicas que desarrollen, operen o comercialicen actividades de apuestas y juegos de azar, ya sea a través de locales o establecimientos instalados en el territorio nacional o mediante medios electrónicos, virtuales o servidos a través de dispositivos tecnológicos, debidamente autorizados en la forma prevista en esta ley; además de todas aquellas actividades de apoyo tecnológico, logístico, de fabricación y de cualquier otra naturaleza vinculadas a las apuestas y juegos de azar.
Párrafo.- Quedan excluidos del ámbito de aplicación de esta ley los juegos o competiciones de puro ocio, pasatiempo o recreo que constituyan usos sociales, siempre que estos no produzcan transferencias económicamente evaluables y cuando ello no constituya un beneficio económico directo o indirecto para el promotor o los operadores, o no busque ningún fin lucrativo”, explica el marco jurídico.
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Suspensión temporal de nuevas licencias.
El proyecto establece que a partir de la publicación del registro de licenciatarios, durante un período de diez años, no se otorgarán nuevas licencias para la instalación de los establecimientos de juegos de azar indicados en el artículo 21.
Párrafo.- Se exceptúan de la disposición indicada en este artículo los casinos ubicados en hoteles y en lugares turísticos.
En las motivaciones, el texto legal expresa que el ordenamiento jurídico de los juegos de azar en la República Dominicana requiere una adecuación a la realidad actual. También plantea la consolidación de las diversas leyes, decretos y resoluciones dispersas que rigen el sector. El objetivo es procurar una supervisión y un control más eficientes por parte del Estado.
Requisitos de distancia
“Se prohíbe la instalación de establecimientos de juegos de azar, en cualquiera de sus modalidades, dentro de un radio o distancia inferior a los quinientos metros lineales de los siguientes lugares: 1) Escuelas públicas y colegios privados; 2) Universidades; 3) Cuarteles policiales y recintos militares; 4) Estancias infantiles; 5) Centro de Atención para la Discapacidad (CAID), hospitales, clínicas y otros centros de salud; 6) Iglesias debidamente incorporadas; 7) Sedes principales de los poderes del Estado y de los órganos extra poder”, establece.
Según el proyecto, la distancia mínima entre bancas deportivas será de quinientos metros lineales a la redonda.