Santo Domingo,RD.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) se declaró incompetente para conocer un recurso contencioso en nulidad interpuesto contra la Resolución núm. 14-2026 de la Junta Central Electoral (JCE), que establece el procedimiento para el registro de las firmas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral.
La alta corte determinó que la acción presentada por la entidad Justicia Sin Fronteras, Inc. constituye un control concentrado de constitucionalidad sobre el artículo 13 del reglamento, una competencia que corresponde de manera exclusiva al Tribunal Constitucional, por lo que declinó el conocimiento y decisión del expediente ante esa jurisdicción.
La decisión se adoptó por los magistrados Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del TSE, junto a Fernando Fernández Cruz y Rafaelina Peralta Arias.
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Asimismo, el tribunal ratificó la fusión de dos expedientes relacionados con el caso. Además declaró inadmisible la solicitud de medidas cautelares presentada por la parte accionante por falta de objeto. También dispuso que las costas las declararán de oficio. Así mismo ordenó la notificación de la sentencia a las partes, así como su publicación en el portal institucional y en el Boletín Contencioso Electoral.