Nacionales

Subcomisión propone cambios en seis artículos del Código Penal

Una subcomisión propuso modificar seis artículos del Código Penal que abarcan empresas, violencia intrafamiliar, perjurio y propiedad.

La subcomisión encargada de revisar las propuestas de modificación del nuevo Código Penal recomendó introducir cambios en seis artículos de la Ley 74-25, entre ellos los relativos a la responsabilidad penal de las empresas, la violencia intrafamiliar, la violencia de género, el perjurio y la violación de propiedad.

El informe, fechado el 17 de julio de 2026, fue elaborado por una subcomisión encabezada por el senador Pedro Manuel Catrain Bonilla y los diputados Ramón Mayobanex Martínez Durán y Rosendy Joel Polanco Polanco. Sus recomendaciones deberán ser ponderadas y validadas por la Comisión Bicameral antes de incorporarse al informe que será presentado a los plenos del Senado y la Cámara de Diputados.

Por tanto, los textos incluidos en el documento todavía no constituyen modificaciones legislativas definitivas.

En claves

  • El informe recomienda modificar los artículos 8, 11, 124, 127, 207 y 269 de la Ley 74-25.
  • Las propuestas aún deben ser ponderadas por la Comisión Bicameral y posteriormente conocidas por el Senado y la Cámara de Diputados.
  • El artículo 8 incorpora reglas detalladas para atribuir responsabilidad penal a empresas y valorar sus programas de cumplimiento.
  • También se reformulan la violencia intrafamiliar, la violencia de género, el perjurio y la entrada ilegal en propiedades.
  • El documento analizó 93 comunicaciones y 399 menciones relacionadas con 133 artículos distintos.

Nuevas reglas para la responsabilidad penal de las empresas

La propuesta de modificación más extensa corresponde al artículo 8, que regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas. El nuevo texto establece que una empresa podrá responder por actos u omisiones de sus órganos, representantes o subordinados cuando estos se produzcan en su representación y sean consecuencia del incumplimiento de los deberes de dirección, control o supervisión.

El artículo permitiría atribuir responsabilidad a la persona jurídica incluso cuando no sea posible identificar a la persona física que actuó, siempre que se demuestre que la conducta estaba al alcance de quien ejercía la representación, dirección o gestión de la entidad. También contempla responsabilidad por imprudencia, negligencia, inobservancia de reglamentos o violación del deber de cuidado.

La subcomisión propone que los programas de cumplimiento normativo, conocidos como compliance, puedan atenuar o excluir la responsabilidad penal cuando hayan sido implementados de manera efectiva. Entre sus requisitos figuran códigos de conducta, identificación de riesgos, controles internos, capacitación, canales anónimos de denuncia, protección contra represalias, procedimientos de investigación y trazabilidad documental. Para las mipymes, estas obligaciones se aplicarían de forma proporcional a su tamaño, actividad y nivel de riesgo.

El artículo 11 también sería reformulado para impedir que la responsabilidad se extienda automáticamente entre empresas de un mismo grupo. La sociedad controladora respondería únicamente cuando se pruebe que intervino, ordenó, autorizó o toleró la infracción, obtuvo conscientemente beneficios de ella o incumplió sus propios deberes de supervisión.

Violencia intrafamiliar, perjurio y entrada en propiedades

La propuesta para el artículo 124 amplía la definición de violencia doméstica o intrafamiliar e incluye expresamente las modalidades física, económica, patrimonial, verbal, psicológica y de intimidación o persecución. La violencia psicológica, económica o patrimonial podría recibir penas de dos a cinco años, mientras que la violencia física sería sancionada con cinco a diez años de prisión.

El artículo 127 definiría la violencia de género como cualquier conducta pública o privada que cause daño físico, sexual o psicológico a una mujer en razón de su sexo.

El documento también propone modificar el artículo 207 sobre perjurio y establecer que, cuando una declaración falsa provoque la condena de otra persona, su autor reciba la misma pena impuesta a la víctima. Finalmente, el artículo 269 sancionaría con uno a dos años de prisión la entrada sin autorización en una propiedad urbana o rural, pública o privada.

Diputados conocerán informe el sábado

El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, convocó a una sesión extraordinaria para este sábado a las 10:00 de la mañana, para conocer el informe que presentará la Comisión Bicameral que estudia las propuestas de modificación a algunos artículos del nuevo Código Penal.

El legislador dijo que la sesión que estaba pautada para hoy viernes no se pudo realizar debido a la gran cantidad de propuestas de modificación que llegó a la Comisión.

Pacheco informó que los miembros de la Comisión Bicameral y los de la subcomisión trabajaron arduamente hasta entrada la madrugada en la preparación de dicho informe.

Más contenido por Andrés Tovar

Más noticias