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SCJ se declara incompetente para conocer recusación contra jueza que lleva caso de fiscal acusado de corrupción

Santo Domingo, República Dominicana. – El Pleno de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) se declaró incompetente para decidir sobre la recusación sometida por el fiscal acusado de corrupción Aurelio Valdez, en contra de la magistrada Ysis Muñiz, y envió el expediente a otra instancia.

¿En qué se basaron los jueces para tomar esa decisión? ¿Y cuál tribunal se encargará de decidir si aparta a la jueza del proceso?

El intento de la defensa del fiscal Aurelio Valdez, por apartar a la magistrada Ysis Muñiz del conocimiento de solicitud de medida de coerción, no será conocido por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia. Mediante la resolución 49-2026, el pleno de jueces se declaró incompetente. Esto para conocer la recusación que sometió el fiscal imputado de corrupción contra la designada jueza de la Instrucción Especial.

En sus motivaciones, el pleno encabezado por el juez presidente de la Suprema Corte de Justicia, Luis Henry Molina, explicó que, al tratarse de una recusación que no afecta el cuórum de la Corte de Apelación, a la cual pertenece Muñiz, debe ser conocida en esa misma instancia. Procedimiento amparado en el artículo 83 del Código Procesal Penal dominicano.

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La resolución

En efecto, mediante la resolución, ordenan a la presidencia de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional que convoque a los jueces no recusados. Jueces que componen la Cámara Penal y, junto con él, conozcan y fallen la recusación presentada contra la magistrada Ysis Muñiz.

La resolución la firmaron 16 jueces del Pleno de la alta jurisdicción.

Ahora la Corte deberá examinar el recurso sometido por Valdez, en el que argumenta que la magistrada Muñiz carece de imparcialidad. Esto para conocer la fase de instrucción, puesto que intervino con anterioridad en el proceso. Autorizando la entrega vigilada del alegado soborno al fiscal y el allanamiento. También alegan que tomó decisiones que afectan el fondo del caso. Se adelantó a establecer responsabilidad penal del imputado en el proceso, acciones que, para la parte imputada, derivan en una falta de imparcialidad.

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