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¿Qué sucede en el río Yaguasa y por qué ordenan su recuperación?

El río Yaguasa sufre afectaciones ambientales severas. (Foto, fuente externa)

Santo Domingo, RD. – El Tribunal Constitucional (TC) emitió la sentencia TC/0335/25, mediante la cual ordena al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y al Ayuntamiento de Santo Domingo Norte la recuperación inmediata del río Yaguasa, ubicado en el Cinturón Verde de Santo Domingo, tras comprobarse su grave deterioro ambiental.

El alto tribunal acogió un amparo colectivo interpuesto por la Asociación de Juntas de Vecinos Mamá Tingó (Asomanorte), denunciando la contaminación, relleno de sus márgenes, deforestación y ocupaciones ilegales en la cuenca del río, situada en el municipio Villa Mella.

¿Qué está pasando en el río Yaguasa?

El TC encontró evidencias claras de que el río Yaguasa sufre afectaciones ambientales severas, como la acumulación de basura, residuos sólidos, deforestación y construcciones ilegales en sus márgenes. Las imágenes aportadas como prueba, no rebatidas por las autoridades competentes, evidencian un deterioro que compromete la salud de los residentes y el equilibrio ecológico de la zona.

La responsabilidad directa recae sobre el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Ayuntamiento de Santo Domingo Norte, por permitir el abandono y daño continuo de este recurso natural.

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Medidas ordenadas por el Tribunal Constitucional

Para revertir la situación, la sentencia obliga a:

  • Recuperar y preservar 30 metros en cada margen del río.
  • Reforestar el entorno y mantenerlo libre de construcciones ilegales.
  • Establecer vigilancia militar o policial para evitar nuevas violaciones ambientales.
  • Recoger y eliminar los desechos acumulados en la zona, responsabilidad del Ayuntamiento de Santo Domingo Norte.

Estas medidas buscan garantizar la protección del medio ambiente, en cumplimiento con los derechos colectivos consagrados en la Constitución Dominicana y en la Ley 64-00 sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Sanciones por incumplimiento

El TC impone multas diarias por retrasos en la ejecución de la sentencia:

  • RD$5,000 diarios al Ministerio de Medio Ambiente, a favor de Asomanorte.
  • RD$3,000 diarios al Ayuntamiento de Santo Domingo Norte, también a favor de la comunidad.

Ambas sanciones comenzarán a contar 30 días después de notificada la sentencia, como medida de presión para garantizar el cumplimiento efectivo de lo ordenado.

No es necesario identificar a los causantes del daño

El fallo también establece que no se requiere identificar de manera específica a los autores del daño ambiental para que las autoridades actúen. Basta con probar que el daño existe, y corresponde a los entes responsables tomar acciones correctivas.

“El derecho al medio ambiente es de todos, y corresponde a las instituciones públicas su protección y restauración”, destaca el tribunal.

Precedentes y fundamentos legales

El TC recordó que ya ha fallado en ocasiones anteriores a favor de la protección de recursos naturales, como la sentencia TC/0482/19, que paralizó la explotación minera en la zona del río San Juan.

Asimismo, aclaró que en este tipo de procesos no es necesario identificar a los autores específicos del daño ambiental, ya que es responsabilidad del Estado y los gobiernos locales verificar, controlar y corregir los daños denunciados.

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