Santo Domingo. – El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) autorizó la utilización de RD$6,000 millones para cubrir el déficit de Seguro Nacional de Salud (SENASA) de los fondos de Riesgos Laborales porque las leyes 87-01 y 397-19 le otorgan esa facultad.
La decisión se sustentó en la Ley 87-01, que crea el SDSS, y en la Ley 397-19, que establece el Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL). Ambas legislaciones permiten la redistribución de recursos excedentes siempre que se garantice la estabilidad para la cobertura de los riegos laborales.
En su resolución del pasado 28 de agosto, el CNSS autorizó que RD$12,500 millones de los excedentes del Seguro de Riesgos Laborales (SRL) se destinaran para apoyar la sostenibilidad del Seguro Nacional de Salud (SeNaSa). Y reforzar otros componentes del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS).
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En su resolución, el CNSS citó específicamente:
- Artículo 20 de la Ley 397-19: dispone que los recursos del IDOPPRIL se distribuyen entre gastos administrativos, prestaciones de salud. Y prestaciones económicas para la protección laboral.
- Artículo 21 de la Ley 397-19: establece que los recursos generados por cotizaciones pasadas, utilidades o beneficios acumulados en la administración del SRL pueden ser destinados a proyectos y programas de protección económica, social, laboral o de salud. Esto, previo cumplimiento de reservas técnicas y estudios actuariales aprobados por la SISALRIL.
La referida resolución indica que el Consejo Directivo del IDOPPRIL emitió su visto favorable el 7 de agosto de 2025. Y solicitó a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) la no objeción correspondiente. Posteriormente, la SISALRIL presentó un informe técnico actuarial que certificó la factibilidad financiera del uso de los excedentes, sin comprometer la estabilidad del sistema.
Distribución de los recursos aprobada por el CNSS:
- RD$6,000 millones para la protección en salud de los afiliados a través de SeNaSa.
- RD$5,000 millones para el fondo de la Cuenta de Cuidado de Salud del Régimen Contributivo.
- RD$1,500 millones destinados a los fondos de subsidios para respaldar prestaciones económicas por enfermedad común, lactancia y maternidad.
El CNSS recordó en los considerando de la resolución, que según el artículo 22 de la Ley 87-01, le corresponde dirigir y conducir el SDSS, establecer las políticas regulatorias y garantizar la extensión de cobertura y equilibrio financiero del sistema.