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Poder Ejecutivo dispone extradición dominicanos solicitados por EE.UU. y Francia

Fachada Palacio Nacional. (Foto: Fuente externa)

El Poder Ejecutivo dispuso la extradición del dominicano, Alberto de la Cruz Gil, solicitado por el gobierno de los Estados Unidos, acusado por los cargos de narcotráfico.

Mediante el decreto 45-24, se explica que el pasado 1 de junio de 2021, la embajada de los Estados Unidos de América en el país solicitó al Gobierno dominicano la entrega en extradición de Alberto de la Cruz Gil, por motivo de los cargos que se le imputan en el caso núm. 20-20051-CR-BLOOM/LOUIS.

Alberto de la Cruz Gil está siendo acusado por el tribunal del Distrito Sur de la Florida para que responda por tres delitos.

La justicia estadounidense lo vincula en asociación delictuosa para distribuir una sustancia controlada, en violación del Título 21 del Código de los Estados Unidos.

En diciembre pasado, Alberto de la Cruz Gil, quedo detenido mediante un operativo de búsqueda y captura, en el sector de Piantini del Distrito Nacional.

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De igual forma, a través del decreto 37-24, el Poder Ejecutivo dispuso la extradición del dominicano José Antonio Tapia Martínez. Esto, en virtud de la orden de arresto emitida el 30 de mayo de 2023 por el Tribunal Judicial de París.

A Jose Antonio Tapia Martínez se le acusa de proxenetismo agravado en banda organizada y trata de seres humanos agravada en banda organizada. Asimismo, el Tribunal Judicial de París lo acusa de asociación de malhechores, blanqueo de capitales (lavado de dinero) en banda organizada de crímenes.

En julio de 2023, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia impuso prisión preventiva contra Tapia Martínez y su pareja Evelyn Jiménez Carela.

El matrimonio identificado como principales cabecillas de una red que se dedicaba a la trata y tráfico de personas, desde República Dominica y Francia.

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Dicha entrega en extradición se dispone bajo la condición de que, bajo ninguna circunstancia, se le juzgará por infracciones diferentes a las que motivan su extradición, ni se le aplicará una pena mayor a la máxima establecida en la legislación penal de la República Dominicana.

Esta disposición pasara al Ministerio de Relaciones Exteriores (Mirex), a la Procuraduría General de la República (PGR) y a la Dirección General de Migración, para su conocimiento y ejecución.

Más contenido por Redacción CDN

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