Los conductores que cometan el error de parquear de forma indebida en las vías públicas del Distrito Nacional deberán pagar a partir de hoy RD$5,000 como sanción, según informó el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) junto a la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT).
La medida se aplicará inicialmente en sectores como el Ensanche Naco y Piantini, y contempla el cobro de RD$1,000 por la infracción de tránsito y RD$4,000 por el servicio de grúa y custodia del vehículo, de acuerdo con el Fideicomiso Público “Parquéate RD”.
Las autoridades recordaron que el fundamento legal de esta sanción está en la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que prohíbe el estacionamiento en áreas no autorizadas y en los lugares especificados por la normativa.
Tanto INTRANT como DIGESETT advirtieron que el operativo de fiscalización será permanente y que, a medida que avance la implementación, se ampliará a otros sectores del Gran Santo Domingo.
Sepa que
- La Ley 63-17 prohíbe parquear en 23 lugares específicos. Las infracciones pueden implicar multas y remolque del vehículo.
Lista de los 23 lugares prohibidos para parquear
- Sobre una acera
- Dentro de un cruce de calles o carreteras
- A menos de 5 metros de una boca de incendio o hidrante
- Sobre un paso de peatones
- A menos de 5 metros de una esquina
- A menos de 10 metros antes o después de un semáforo
- A menos de 20 metros de un cruce ferroviario
- Junto a una excavación u obstrucción que interrumpa el tránsito
- En doble fila
- En túneles, puentes, pasos a desnivel, cuestas o curvas
- A más de 30 cm del borde de la acera
- En lugares prohibidos por señales oficiales
- En sentido contrario a la circulación
- A menos de 20 metros de una parada de transporte público
- En zonas de carga/descarga sin realizar esa acción
- A menos de 1 metro de otro vehículo estacionado (sin autorización)
- Frente a estaciones de bomberos, policía o fuerzas armadas
- Frente a accesos de templos, escuelas, hospitales, bancos o gasolineras
- En vía pública para venta o reparación de vehículos
- Donde el vehículo oculte señales de tránsito
- En isletas o áreas verdes adyacentes a aceras
- A menos de 10 metros de señales de “PARE”, “CEDA” o “CURVA”
- A menos de 1 metro de la entrada o salida de un garaje
Audiencia judicial sobre la medida
El próximo miércoles 6 de octubre, a las 9:00 de la mañana, la Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) conocerá una acción de amparo interpuesta contra el cobro de estas multas.