Santo Domingo, RD.- Ley 60-23 sobre la Administración de Bienes Secuestrados, Incautados y Abandonados en los Procesos Penales y en los juicios de Extinción de Dominio, establece la creación del Instituto Nacional de Custodia y Administración de Bienes Incautados, Decomisados y en Extinción de Dominio (INCABIDE), como nuevo ente encargado de la administración de los bienes regulados, sustituyendo la Oficina de Custodia y Administración de Bienes Incautados y Decomisados (OCABID).
Manuel Oviedo Estrada, director general de OCABID manifestó que: «Este cambio contribuirá a fortalecer la eficiencia, transparencia y la honestidad en la gestión de los recursos incautados y decomisados. Es parte, de los objetivos establecidos desde nuestra llegada a la gestión de dicha institución, y hoy nos sentimos orgullosos de ver hecha realidad la transformación de la oficina de bienes incautados al INCABIDE«.
Este instituto con personalidad jurídica, autonomía administrativa, financiera y técnica, está adscrito al Ministerio de Hacienda. INCABIDE asume la responsabilidad de custodiar, administrar y determinar el destino de los bienes involucrados en estos procesos legales.
El propósito central de la Ley 60-23 es establecer un sistema integral para la gestión, control y mantenimiento de los bienes incautados, en los procesos penales y de extinción de dominio.
Además, se enfoca en garantizar el respeto constante al debido proceso y el derecho de propiedad en todas las etapas de manejo de estos activos. Incluyendo su disposición final en los casos en que se ordene su decomiso o se declare la extinción de dominio mediante sentencia definitiva. También establece el régimen de consecuencia de multas y prisión en caso del uso abusivo e ilegal de dichos bienes.