Santo Domingo.– El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que fortalecerá la fiscalización y el cumplimiento de las normas que regulan el uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal en el país, con el objetivo de priorizar la seguridad vial y la protección de los peatones.
La entidad recordó que las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 kilómetros por hora. Asimismo, advirtió que cualquier modificación en el sistema de motorización que permita superar ese rango constituye una violación directa a la normativa vigente.
El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, explicó que el aumento en el uso de dispositivos de movilidad eléctrica en espacios públicos obliga a reforzar el orden y la convivencia urbana, especialmente en zonas de alta circulación peatonal. En ese sentido, subrayó la necesidad de diferenciar claramente entre patinetas eléctricas, bicicletas eléctricas y motocicletas eléctricas.
Precisó que las patinetas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido, cuyo motor complementa el esfuerzo humano, se consideran dispositivos de movilidad personal. También están sujetas a límites de velocidad y al uso obligatorio de casco. En cambio, las motocicletas eléctricas cuya propulsión depende de acelerador, aun cuando posean pedales. Las mismas son clasificadas como vehículos de motor. También deben cumplir con todos los requisitos legales: placa oficial, matrícula, póliza de seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1. También casco obligatorio. La circulación sin estos requisitos conlleva la retención inmediata del vehículo.
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Normas de las bicicletas eléctricas
En cuanto a las bicicletas eléctricas, la normativa establece que las de carretera pueden alcanzar hasta 45 kilómetros por hora, mientras que las de montaña o destinadas al transporte de personas o carga tienen un límite de 32 kilómetros por hora.
El incumplimiento de estas disposiciones implica sanciones equivalentes de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado. Este conforme al artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. La supervisión estará a cargo de la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digesett).
Como parte de estas medidas, el Intrant notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) que toda motocicleta eléctrica deberá completar los procesos ordinarios de importación. Además de la matriculación antes de su circulación. También se comunicará a importadores, distribuidores y empresas de alquiler su responsabilidad de cumplir y hacer cumplir el marco legal.
La institución informó además que trabaja en nuevas disposiciones para actualizar los estándares de seguridad, entre ellas la definición de edad mínima según potencia del vehículo, la exigencia de seguro obligatorio en determinadas categorías. También la fijación de límites máximos de potencia permitida.
El Intrant reiteró que la movilidad eléctrica representa una alternativa sostenible para el desarrollo del país. También enfatizó que su crecimiento debe darse bajo criterios de regulación, control y respeto a la ley, garantizando siempre la seguridad de los ciudadanos.