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Gobierno otorga 2,230 pensiones solidarias por vejez y discapacidad

Ciudadano se estrelló contra puerta del Palacio Nacional
Palacio Nacional. Foto: fuente externa.

Santo Domingo, RD.- El presidente Luis Abinader otorgó pensiones solidarias por vejez y discapacidad a 2,230 dominicanos. Así lo establece el Decreto 689-23 emitido el pasado viernes 29 de diciembre. Esas pensiones son por un monto de seis mil pesos.

Según indica el decreto, el monto otorgado es equivalente al 60% del salario mínimo nacional del sector público, conforme a los mecanismos establecidos en las Resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social.

Otorgamiento y beneficiarios de la pensión. Se concede una pensión solidaria del Régimen Subsidiado del Sistema Dominicano de la Seguridad Social, por vejez y discapacidad, a dos mil doscientos treinta (2,230) personas, por un monto de seis mil pesos con 00/100 (RD$6,000.00), equivalente al sesenta por ciento (60%) del salario mínimo nacional del sector público, conforme a los mecanismos establecidos en las Resoluciones del Consejo Nacional de Seguridad Social

Decreto 689-23

Además, los pensionados disfrutarán de una pensión extra de Navidad, la actualización de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) y un Plan Básico de Salud cubierto por el Estado dominicano.

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ARTÍCULO 3. Evaluación y régimen de incompatibilidades. Las pensiones solidarias serán evaluadas cada dos (2) años, a fin de verificar si persisten los requisitos mínimos para su otorgamiento. La pensión solidaria se extingue por cualquiera de las causales que se enumeran a continuación: · 1) Disfrutar de cualquier otra pensión de los planes existentes o que los beneficiarios vivan en hogares de cuidado. 2) Recibir ingresos por trabajos remunerados que excedan el cincuenta por ciento (50 %) del salario mínimo nacional.

3) Solicitar ayuda en las vías públicas o dedicarse a actividades contrarias a la moral y a las buenas costumbres.

ARTÍCULO 4. Pago de las pensiones. Estas pensiones serán pagadas con cargo al fondo destinado para esos fines, denominado «Pensiones Solidarias» y ejecutadas por la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado del Ministerio de Hacienda.

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ARTÍCULO 5. Supervisión y monitoreo. La supervisión y monitoreo del procedimiento de otorgamiento de las pensiones solidarias se encuentra a cargo de la Superintendencia de Pensiones (Sipen).

ARTÍCULO 6. La Dirección General de Jubilaciones y Pensiones, a cargo del Estado, tendrá un plazo de tres (3) meses para hacer efectivo el pago de las pensiones, a partir de la fecha que el interesado haya tramitado su solicitud de inclusión a la nómina de pensionados. El pago de la pensión se considerará efectivo y con derecho a pago retroactivo luego de cumplido dicho plazo;

ARTÍCULO 7. Envíese al Ministerio de Hacienda, a la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones a cargo del Estado, a la Superintendencia de Pensiones, a la Tesorería de la Seguridad Social, a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social y al Consejo Nacional de la Seguridad Social, para su conocimiento y ejecución.

Trabajo afirmó de aquí a agosto habrá 11 aumentos salariales

A principios de diciembre, el Ministerio de Trabajo informó que entre diciembre de 2023 y agosto del 2024 deberán realizarse 11 nuevos aumentos al salario mínimo sectorizado. Y se aplicarán tres ajustes adicionales ya acordados en este 2023.

La institución dio a conocer que tiene en agenda para el 2024 la discusión, ante el Comité Nacional de Salarios, de los aumentos al sector construcciones y afines. Además, varilleros a destajo, albañiles a destajo, carpinteros a destajo, electricistas a destajo, pintores a destajo, operadores de máquinas pesadas en áreas agrícolas. Asimismo, para instituciones sin fines de lucro y para los trabajadores de la industria azucarera.

Y para este año la revisión al salario de operarios y ayudantes de maquinarias pesadas de construcción.

De igual forma, reitera que respecto al salario mínimo al sector privado no sectorizado, jornaleros agrícolas y vigilantes privados fue consensuado un aumento en el mes de abril. Y que el mismo debe aplicarse un ajuste en una segunda partida en el mes de febrero del 2024.

Precisó que lo mismo deberá ocurrir con el salario mínimo correspondiente a empleados de hoteles, bares y restaurantes. Este salario mínimo recibió reajuste en junio del 2023 y le corresponde la segunda partida para febrero de 2024.

Más contenido por Redacción CDN

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