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Fiscalía de Santiago participa en tema del combate del tráfico ilícito de migrantes

Santiago de los Caballeros.- La Unidad Especializada de Tráfico y Trata de Personas, en coordinación con una organización internacional de migraciones, realizó en la zona norte del país un encuentro a los fines de tratar el tema de la prevención del flagelo.

El magistrado Osvaldo Bonilla, fiscal titular de Santiago, resaltó la importancia de tratar y actuar sobre estos temas para prevenir y erradicar los casos.

El encuentro para tratar el tema es con las fiscalías de Santiago, Mao, Puerto Plata bajo el título “Retos y Desafíos del sistema de justicia dominicano para el Combate del Tráfico Ilícito de Migrantes.

Cámara de Diputados aprueba modificaciones a Ley trata de personas

La Cámara de Diputados aprobó la modificación de la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas. Esto, con el objetivo de reformar los artículos 3 y 7 de la legislación.

El texto legal pasa ahora al Poder Ejecutivo para su promulgación.

La solicitud de modificación, enviada al Congreso por el Poder Ejecutivo, la había aprobado en la Cámara de Diputados y enviado al Senado.

En la carta de motivación enviada al Congreso, el Poder Ejecutivo planteó que el objeto de esta iniciativa es modificar el artículo 3 del referido texto legal, de manera puntual. Con miras a brindar mayor seguridad y protección a las niñas, niños y adolescentes, víctimas especialmente vulnerables y objeto de victimización en la trata de personas, en cumplimiento del deber del Estado.

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Modificaciones de la Ley

Plantean que dicha modificación busca el fortalecimiento de la norma en lo que respecta a la persecución de esta manifestación delictiva que afecta a las niñas, niños y adolescentes de manera desproporcionada. Y, que terminan persuadidos para someterlos a situaciones de explotación sexual o humana, esclavitud y trabajos forzosos.

La pieza legislativa, en lo adelante, agrega el artículo 3.1. Este establece que sancionarán la trata de personas con pena de 10 a 20 años de prisión. Además de una multa de ciento cincuenta a trescientos salarios mínimo del sector público.

También, se modificó el artículo 7 de la Ley, y en lo adelante, cuando se produzca la muerte del o de las personas involucradas en trata de personas u objeto del tráfico ilícito de migrantes o cuando la víctima resulte afectada de un daño físico o psíquico temporal o permanente, se establece una pena de cinco años de prisión, en adición a la pena principal y multa de 175 a 300 salarios mínimos del sector público.

Además, establece que si las acciones agravantes antes descritas se realizan con personas que padezcan inmadurez psicológica o trastorno mental. También, personas discapacitadas o vulnerables, en niños, niñas o adolescentes. Indican que la pena de reclusión es 20 a 30 años. Y, una multa de 200 a 400 salarios mínimos del sector público.

Al cerrar los trabajos legislativos, el presidente de la Cámara de Diputados dijo que oportunamente convocará para la próxima sesión.