Santo Domingo, RD.- Más de un siglo después, República Dominicana cuenta con un Código Penal adaptado a su realidad actual para perseguir las nuevas formas de delitos, crimen organizado y dotar a la población de mayores garantías.
Pero, ¿cuáles los nuevos delitos que traen el Código y cómo los sanciona?
La actualización del Código Penal dominicano, mediante la ley 74-25, es un hecho. Es un amplio catálogo de delitos que adiciona nuevos tipos como los siguientes:
Nuevos delitos incluidos en el Código Penal
Art.82 sobre infracciones de lesa humanidad o ataque generalizado y sistemático contra la población civil. Sanción: 30 a 40 años de prisión
Artículo 93 sobre feminicidio o hecho que cause la muerte de una mujer en razón de ser mujer, independientemente de la edad, relación de pareja, sin importar el lugar donde ocurra.
Sanción: 30 a 40 años de prisión.
Art. 94- Feminicidio Agravado con 40 años de prisión.
Art. 95 – Feminicidio Conexo con 30 años de prisión.
Art. 98.- Sicariato o asesinato por encargo.
Sanción: 30 a 40 años de prisión
Art. 103.- Daños por sustancias químicas.
Sanción: 30 a 40 años de prisión
Art. 113.- Muertes y daños con el uso de vehículos en carreras ilegales.
Sanción: 10 a 20 años de prisión.
Art. 121.- Hostigamiento e intimidación o, «bullying» en el ámbito educativo, laboral, social o cualquier otro.
Sanción: de quince días a un año de prisión menor.
Art. 123.- Ciberbullying.
Sanción: 2 a 5 años de prisión.
Art. 192.- Difusión de audios o imágenes sin consentimiento.
Sanción: seis meses a un año de prisión menor.
Art. 209.- Difamación extorsiva.
Sanción: 5 a 10 años de prisión.
Art. 275.- Violación al derecho de grabar el arresto.
Sanción: será sancionado con quince días a un año de prisión menor.
Sanción: según escala de la infracción.
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Otros delitos contemplados en el Código Penal
Además, castiga la violencia económica, estafa piramidal, intermediación financiera no regulada, instigación al suicidio, genocidio, desaparición forzada, daños por dopaje, el autosecuestro, falsa denuncia y se eleva la pena para la violación sexual dentro del matrimonio o en relaciones de pareja.
El Código también aumenta la pena máxima a 40 años, multas en casi todos los delitos y la acumulación de pena, según los artículos 48 y 49.
En total contiene 393 artículos, siendo el último de estos el que indica que su entrada en vigencia será 12 meses después de su promulgación. Es decir, en agosto de 2026.
Por Karelyn Cuevas