Reporte Especial

Paquetazo fiscal: última reforma tributaria de RD 

Santo Domingo. – La última reforma tributaria en la República Dominicana fue aprobada por el Congreso Nacional el 9 de noviembre del 2012 mediante la Ley 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible, con la cual se buscaba reducir el déficit fiscal, algo que nunca ocurrió. 

El “paquetazo fiscal”, como fue conocida la reforma, introdujo cambios al sistema tributario, uno de ellos fue que al Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) se le realizó un aumento provincial de un 2%, pasando de un 16% a un 18%, medida que se mantendría por dos años y a partir del 2015 retornaría a su tasa inicial, pero 12 años después el monto se mantiene. 

La situación generada por el “paquetazo fiscal” fue rememorada por el programa Reporte Especial con Julissa Céspedes. Donde no solo se aumentó la tasa de ITIBIS, sino que se amplió la base imponible.

Entre los nuevos productos gravados en ese momento se pueden citar: yogurt, mantequilla, aceite, entre otros. En el 2013 tendrían inicial de 8%, y fueron subiendo progresivamente. En 2014 a un 11%, para el 2016 un 13% y a partir de ese año un 16%. 

Déficit Fiscal

La mayor motivación para la reforma del 2012, conforme reseñan los medios, es que el país tenía un alto déficit fiscal. Los ingresos que tenía el Estado estaban por debajo de los gatos presupuestados. Para ese año al gobierno le hacían falta 153 mil 803 millones de pesos, esto de acuerdo con un informe económico del Banco Central. 

Cuando los medios empezaron a informarle a la nación que la implementación de una reforma tributaria era inminente, las manifestaciones ocuparon las calles del país.  

Entre los principales cambios que se introducirían al régimen fiscal nacional con la reforma del 2012 estaba: 

Fijar una escala progresiva del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de personas jurídicas que pasó de 25% a un 29% en el 2013, un 28% para los años 2014 y 2015 y posteriormente en el 2016 descendería y se fijaría a una tasa porcentual de 27%. 

Otra de las modificaciones que se introdujo fue la creación de una retención de impuestos sobre los premios obtenidos en juegos de azar y loterías. Se establecieron tres escalas variables para gravar estas ganancias. 

Los premios, de entre 100 mil y 500 mil pesos, fueron sujetos a una retención del 10% sobre el total del premio. Aquellas ganancias que ascendían de 500 mil a 1 millón de pesos asumieron una retención más elevada, fijada en el 15% del premio. 

Sin embargo, la tasa impositiva más alta recayó sobre los grandes premios, superiores a 1 millón de pesos. En estos casos, se aplicó una retención del 25 % sobre todas las ganancias obtenidas. 

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Bienes Raíces y Telecomunicaciones

De igual manera, en el 2012, se estableció un gravamen especial sobre las propiedades inmobiliarias. Este recayó sobre el patrimonio total en bienes raíces de las personas físicas. La tasa a pagar fue del 1% sobre el valor de dichas propiedades. 

Además de las viviendas particulares, también se vieron afectados por esta normativa, los solares urbanos sin edificar. También los inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales o profesionales. En estos casos, si el valor conjunto de tales propiedades excedía los 6 millones 500 mil pesos, se aplicaba igualmente el gravamen del 1%. 

En esta reforma se le impuso una tasa de un 10% a los servicios de telecomunicaciones. Este incluyó el servicio de televisión por cable, factura telefónica, y celulares, entre otros.

Impuesto ad valorem

Además, se creó el impuesto ad valorem del 16% sobre el precio de venta de Gasolina, Gas Licuado de Petróleo y el Gasoil, en adicción a esto se inició la implementación de cobrar un aporte de RD$2.00 por cada galón vendido para el mantenimiento de las vías públicas y la renovación del parque vehicular. 

Según economistas, ese paquete tributario contribuyó a una desaceleración del crecimiento económico en el primer trimestre del 2013. El Producto Interno Bruto creció en un 3% a diferencia del 2012, donde el incremento fue de un 3.9%, según el Banco Central. 

Debido a la desaceleración de los costos y el aumento de las tasas impositivas, empresarios y mipymes optaron por no estar en la formalidad para evadir los impuestos, ya que esto representó una carga fiscal para muchas empresas. 

Unos de los aspectos positivos de la reforma es que el país pasó de recaudar 318 mil 558 millones de pesos en el 2012 a 369 mil 413 millones de pesos en el 2013, de acuerdo con un reporte de la Dirección General de Política y Legislación Tributaria, dependencia del Ministerio de Hacienda. 

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Anteriores reformas 

En el 1983, mediante la Ley 74-83, se creó el Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). Varios años después, específicamente en agosto de 1993, se promulga la Ley 14-93 con un nuevo Arancel de Aduanas. Aquí se eliminaron las exoneraciones y exenciones arancelarias establecidas. 

La reforma fiscal de 2004, se incorporó con la Ley 288-04 que incluyó modificaciones a la estructura tributaria. Un cambio clave fue el aumento del ITBIS del 12% al 16%. 

Posteriormente, en el 2005, buscando aumentar las recaudaciones tras la puesta en marcha del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (DR-CAFTA) se emite la Ley 557-05. Al año siguiente, para corregir las deficiencias de las reformas del 2004, fue puesta en vigor la Ley 495-6 sobre Rectificación. 

En el 2007, mediante la Ley 173-07 se estableció una nueva reforma fiscal, donde se mantuvo la tasa impositiva de 16%, pero se le agregaron bienes y servicios que previamente estaban exentos, como los alimentos procesados, bebidas y servicio de telecomunicaciones. 

Se firmó una nueva reforma para aumentar los ingresos, la cual se estableció mediante la Ley 182-09 en el 2009. Aquí se exoneró el pago del 2% ad valorem en la reinscripción de hipotecas.  

En el 2011, debido a que era aumentar el presupuesto y darle un 4% a la Educación, se promulgó la Ley 139-11 en la que se creó un impuesto a los casinos, bancas de lotería y máquinas tragamonedas, con una tasa de 10% sobre los ingresos brutos obtenidos por estas operaciones..

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