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Sentencia Tribunal Constitucional solo establece voto sea manual, no toca escaneo de resultados

Tribunal Constitucional
Tribunal Constitucional deja en estado de fallo cinco expedientes

Santo Domingo, R.D.-La declaración que ha hecho Eddy Olivares, ex miembro de la Junta Central Electoral (JCE) y dirigente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), de que la sentencia (TC/0484/22) del Tribunal Constitucional establece que el proceso electoral debe ser totalmente manual en las votaciones, el escrutinio y escaneo de los resultados, despertó el interés de los sectores de qué dijo del órgano supremo cuando declaró que el voto electrónico inconstitucional.

Una fuente de ese tribunal de alzada se comunicó con CDN y El Caribe para establecer que “la sentencia TC/0484/22 en modo alguno establece que todo aspecto relacionado al proceso electoral debe ser manual, sino que se refiere únicamente al ejercicio material del voto o sufragio en la modalidad electrónica”.

Explica que “por tanto, la decisión no aborda cuestiones relativas a la manera en que se lleva a cabo el conteo, escaneo o escrutinio de los votos”.

A continuación citamos qué dijo ese tribunal en su sentencia al declarar voto electrónico inconstitucional

Cuando el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el voto electrónico se enfocó en establecer en su argumento los riesgos de esa modalidad de votación en lo concerniente al sufragio o ejercicio material del voto.

En la sentencia, el órgano sostiene, en primer lugar:

La delegación de regulación del voto automatizado no solo vulnera la reserva de ley, sino también el principio de democracia” y, que en segundo lugar, que “el voto automatizado vulnera el carácter directo y secreto del voto como elemento inescindible del contenido esencial derecho al sufragio.

Por tales motivos, el Constitucional declaró inconstitucional el artículo 99 de la ley 15-19, sobre el régimen electoral, que ordena “la automatización progresiva del proceso de votación electoral”.

Pero, ¿que argumentó el órgano para ello?

Dentro de las consideraciones que el órgano supremo del país dejó asentadas en su sentencia para declarar inconstitucional el voto electrónico, está que “en referencia a los vicios que genera el sistema automatizado, la doctrina apunta que el uso del voto electrónico puede, eventualmente, ayudar a combatir el extravío de urnas, robo o reemplazo de papeletas, votación en cadena, compra de votos, entre otros, pero también puede producir vulnerabilidades de mayor gravedad en el proceso electoral”.

Esto, luego explicar que con el uso se violan los artículos de la Constitución 22.1 del derecho ciudadano de elegir y ser elegibles; el 39 de derecho a la igualdad, Y el 208 del ejercicio del sufragio con voto “personal, libre, directo y secreto”.

Basado en ello, el Tribunal Constitucional señaló en su decisión de fecha 21 de diciembre de 2022, que la complejidad técnica del voto electrónico se expresa, “en el efecto multiplicador derivado de la reproducción del software, que genera un triple efecto negativo: expande la superficie de ataque al sistema; los efectos de una violación dolosa o una falla accidental se pueden extender a todos los locales de votación de manera rápida y efectiva; y por último, la cantidad de intervinientes requeridos para llevar a cabo una vulneración en el sistema se acota de manera radical, bastando un solo individuo para colapsar una infraestructura informática completa”.

Apuntó que la cantidad de intervinientes requeridos para llevar a cabo una vulneración en el sistema se acota de manera radical, “bastando un solo individuo para colapsar una infraestructura informática completa”.

Dijo, en tal sentido, que tras elegir por su candidato en la pantalla el votante pierde toda relación con el voto y el sistema se apropia de la información “porque ella entra al mundo del algoritmo, pasando a ser contralada solo por quienes detentan los códigos fuentes creados para el manejo del sistema electoral”.

Sentencia integra del Tribunal Constitucional

Declaraciones de Eddy Olivares en CDN Radio

Por: Darielys Quezada

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