Santo Domingo, D.N. El Senado de la República aprobó este lunes en segunda lectura, de manera unánime, las modificaciones a la Ley Orgánica que instituye el Código Penal de la República Dominicana, integrando un total de 154 cambios al texto previamente aprobado en primera lectura.
La reforma, discutida durante una sesión extraordinaria, busca fortalecer la respuesta penal ante delitos graves, proteger a las víctimas. Y garantizar una justicia más moderna, efectiva y alineada con los derechos humanos y tratados internacionales.
Cambios claves aprobados por el Senado
Protección a menores
El nuevo artículo 107 dispone que todo delito contra niños, niñas o adolescentes será castigado con 20 a 30 años de prisión mayor y multa de 30 a 40 salarios mínimos del sector público. Esto sin importar la intención o resultado directo del acto.
Homicidios culposos múltiples
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El artículo 113 establece penas de 10 a 20 años de prisión para quienes, por negligencia, torpeza o imprudencia, causen la muerte de más de una persona, con multas de 20 a 30 salarios mínimos.
Tortura y barbarie
El artículo 118 endurece las penas por infligir sufrimiento físico o mental con intención, fijando sanciones de 10 a 20 años de prisión. En el caso de autoridades o funcionarios públicos (artículo 121), las penas aumentan a 20 a 30 años de prisión mayor.
Delitos sexuales en relaciones de pareja
El artículo 136 penaliza la actividad sexual no consentida dentro de la pareja con 4 a 10 años de prisión mayor y multa de 10 a 20 salarios mínimos, en situaciones específicas.
Violación incestuosa y agravantes
Según el artículo 139, si el delito sexual involucra a un pariente hasta cuarto grado por consanguinidad o tercero por afinidad, la pena será de 20 a 30 años. Si la víctima es un menor o persona vulnerable. Y hay lesión permanente, embarazo o mutilación, la pena sube a 30 a 40 años de prisión mayor y multa de hasta 1,000 salarios mínimos.
Sanciones por corrupción
El artículo 303 establece que si el monto sustraído no excede los 20 salarios mínimos, el acusado enfrentará de 2 a 5 años de prisión menor, multa de 4 a 10 veces el monto, decomiso de bienes ilícitos e inhabilitación para funciones públicas de 4 a 10 años tras cumplir la pena.
Responsabilidad institucional
El artículo 14 excluye de responsabilidad penal al Estado, municipios, distritos y organismos descentralizados, excepto a las corporaciones de derecho público. Se añadió además un párrafo que permite procesar penalmente a las iglesias cuando sus representantes actúen en nombre de estas y cometan delitos.
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Entrada en vigencia de Código Penal
El nuevo Código Penal entrará en vigor doce meses después de su promulgación, para permitir la adaptación de las instituciones del sistema de justicia.
La propuesta de reforma fue presentada por los senadores Venerado Castillo, María Mercedes Ortiz y Aneudy Ortiz, y aprobada luego de más de cinco horas de deliberación en el hemiciclo.