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Senado aprueba proyecto de reforma policial con 20 nuevas modificaciones; pieza va a CD con riesgo de perimir

La iniciativa, aprobada por el bloque oficialista, moderniza la carrera policial y regula armas menos letales para evitar uso arbitrario por agentes en servicio activo

Senado aprueba reforma a la Ley de la Policía con 20 cambios.

Santo Domingo.- Con 20 nuevas modificaciones, el Senado de la República aprobó este viernes en segunda lectura el proyecto legislativo que reforma la Ley Orgánica de la Policía Nacional (Ley 590-16), el cual tuvo siete meses en ese órgano siendo tratado, pero que se dejó para última hora.

El pliego de ley pasaría a la Cámara de Diputados para su consideración, cuando apenas quedan dos semanas para el cierre de la legislatura y la pieza corre el riesgo de perimir.

La norma es sancionada con rapidez, en menos de 72 horas. Esto, en momentos en que la ciudadanía eleva reclamos por la muerte de Darlin Enmanuel Mercado Reyes en Herrera a manos de un agente policial. La Cámara Alta realizó la sesión extraordinaria de este viernes para tratar el proyecto.

La legislación contó con el voto favorable de los 24 senadores presentes del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y aliados. Asimismo, tuvo el rechazo de tres legisladores de la oposición: Omar Fernández (FP-Distrito Nacional), Eduard Espiritusanto (FP-La Romana) y Antonio Tavéras (independiente-Santo Domingo).

El marco de ley tuvo más de 40 modificaciones cuando resultó aprobado en primera lectura.

Los cambios más relevantes se concentran en el fortalecimiento del control interno, el régimen disciplinario, la regulación de los registros policiales y la reorganización institucional.

Además, se prohíbe en las detenciones a ciudadanos tocamientos en partes íntimas y obligar a desnudarse.

La nueva ley establece que los miembros de la policía no usarán la misma fuerza para todas las situaciones, sino que debe haber una clasificación taxativa de armas menos letales, que posee control estricto reglamentado y clasificado, evitando el uso arbitrario de armas por parte de los agentes, permitiendo un mayor control sobre su actuación en servicio activo.

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Cambios en tiempo mínimo de servicio en cada rango

Una de las modificaciones refrenadas hoy fue al artículo 74 del proyecto, sobre el tiempo mínimo de servicio en cada rango. Se estableció los siguientes tiempos mínimos como requisito para ascender al rango inmediatamente superior:

En la Escala Directiva, se aprobó el siguiente orden: segundo teniente, 5 años; primer teniente, 5 años; capitán, 4 años; mayor, 4 años; teniente coronel, 4 años; coronel, 4 años; general de policía, 4 años; general ejecutivo de policía, 4 años; y mayor general.

Para la Escala Intermedia (supervisores del servicio de policía), será de esta manera: cabo segundo, 5 años; cabo primero, 5 años; sargento, 5 años; subcomisario, 5 años; y comisario.

De igual manera, en la Escala Básica Agente Patrullero, se estableció: agente patrullero primero, 5 años; agente patrullero segundo, 5 años: agente patrullero tercero, 5 años; agente patrullero cuarto, 5 años; y agente patrullero quinto, 5 años.

Las 20 modificaciones

Las 20 modificaciones las presentó el presidente de la comisión especial que estudió la pieza, el senador Franklin Romero (PRM-Duarte). No obstante, Eduard Espiritusanto sometió una propuesta para variar el numeral 14 del artículo 227 de la iniciativa, pero resultó rechazada por el oficialismo. La moción era sobre el ejercicio del derecho en materia penal.

Las modificaciones de Romero son a varios vistos; numeral 1 del artículo 54; numeral 1 y párrafo I del artículo 73; artículo 74; la parte capital del artículo 79, el literal a) del párrafo I del mismo artículo y los párrafos III y IV; párrafo I del artículo 80; numeral I del artículo 110; literal d) del numeral 1, del artículo 119; suprimir el párrafo III del artículo 134; y modificar el párrafo III del artículo 138.

Asimismo, adecuar el cuadro del literal a) del numeral 2 del artículo 185, convirtiéndolo en subnumerales; modificar el 187; la parte capital del artículo 268; artículos 316 y 325 (antigua disposición transitoria cuarta); numeral 18 del artículo 312 (anterior 315); artículo 341; el numeral 2.2 del artículo 18; sustituir Ministerio de Hacienda por Ministerio de Hacienda y Economía y adecuar el nombre SIGEF; y, finalmente, adecuar los títulos en orden secuencial.

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Más de 40 modificaciones en la pasada sesión

La reforma a la Ley Orgánica de la Policía Nacional incorpora nuevos protocolos de patrullaje. Además, fortalece la formación académica de los agentes, con especial énfasis en el respeto de los derechos fundamentales de los ciudadanos y la regulación del uso de la fuerza.

El proyecto de ley dispone la organización y el funcionamiento de la institución mediante la creación de un régimen especial de carrera. Mismo dotado de una estructura orgánica moderna. Misma, concebida para articular y potenciar las capacidades del servicio público de policía, en correspondencia con los niveles de responsabilidad jerárquica.

La propuesta legislativa establece tres categorías dentro de la carrera policial: directiva, intermedia y agente patrullero.

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