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LMD y MAP definirán propuestas de escalas salariales de las autoridades municipales

LMD y MAP definirán propuestas de escalas salariales de las autoridades municipales. (foto, fuente externa)
LMD y MAP definirán propuestas de escalas salariales de las autoridades municipales. (foto, fuente externa)

Santo Domingo, RD.- La Liga Municipal Dominicana (LMD) y el Ministerio de Administración Pública (MAP) se encuentran en la fase final de definición de una propuesta de escala salarial para las autoridades municipales que será remitida para el conocimiento, y eventual aprobación, por parte de los gobiernos locales, para que pudiera comenzar a aplicarse, en función de lo previsto en el artículo 140 de la Constitución, a partir de la gestión municipal 2028-2032.

Con esta propuesta, se da cumplimiento a la Ley No. 105-13 sobre regulación salarial del Estado bajo los principios de racionalidad y eficacia de la administración pública. La misma estableciendo montos máximos de retribuciones en todos los cargos electivos de los gobiernos locales. Además del tamaño del municipio o distrito municipal y en relación a la capacidad presupuestaria del gobierno local.

Ambas instituciones resaltaron el artículo 140 de la Constitución Dominicana que establece que ninguna institución pública o entidad autónoma que maneje fondos públicos establecerá normas o disposiciones tendentes a incrementar la remuneración o beneficios a sus incumbentes o directivos, sino para un período posterior al que fueron electos o designados.

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Sobre la Liga Municipal Dominicana

La Liga Municipal Dominicana(LMD) según el artículo 105 de la Ley 176-07 es una entidad de asesoría en materia técnica y de planificación. Las misma cuyas funciones son en síntesis caminar de la mano con los municipios. Además de procurar del desarrollo integral del territorio y la calidad de vida de sus poblaciones.

Sobre el Ministerio de Administración Pública

El Ministerio de Administración Pública, MAP, es el órgano rector del empleo público y de los distintos sistemas y regímenes. Los mismo previstos por la Ley de Función Pública, del fortalecimiento institucional de la Administración Pública, del desarrollo del Gobierno Electrónico. Además de los procesos de evaluación de la gestión institucional.

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