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Abinader presenta anteproyecto de Ley Libertad de Expresión, Medios Audiovisuales y Plataformas Digitales

El presidente Luis Abinader presentó este lunes ante miembros de la prensa nacional diversos aspectos que integran el anteproyecto de Ley de Libertad de Expresión, Medios Audiovisuales y Plataformas Digitales. Con esto, busca actualizar la legislación vigente sobre la libertad de expresión.

Los antecedentes de este proyecto de ley son: el decreto 333-22 del 23 de junio de 2022. En este decreto se creó y se integró una comisión consultiva con carácter honorífico. La comisión tuvo a su cargo el presentar al Poder Ejecutivo un borrador de ley para actualizar la legislación vigente sobre la libertad de expresión.

En tal sentido, el decreto se creó para unificar criterios en torno a la regulación legislativa del referido derecho fundamental. La comisión consultiva la integra un equipo plural de juristas y comunicadores. Presentaron el borrador de ley a la sociedad civil y lo sometieron a consulta pública.

Asimismo, informaron que los miembros son: Namphi Rodríguez, coordinador; el presidente de la Sociedad de Diarios, Persio Maldonado, y el presidente del Colegio Dominicano de Periodistas (CDP), Aurelio Henríquez. También el magistrado Hermógenes Acosta; la académica y comunicadora, Elvira Lora y Erick Raful.

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Sobre anteproyecto Ley Libertad de Expresión

De igual forma, indicaron que uno de los elementos centrales de este anteproyecto es la libertad de expresión en todas sus formas.

Comprende búsqueda, recibimiento, difusión de informaciones e ideas de toda índole y la prohibición de censura previa.

Aquí se destacan el acceso universal, la tolerancia a la crítica, la no censura indirecta, el debido proceso, la equidad e inclusión en el lenguaje y la transparencia. Por igual, la neutralidad de la red, diversidad y pluralismo y las no condiciones previas.

Del derecho a la comunicación social

Según el anteproyecto, los derechos de la comunicación social son: el acceso a las fuentes de información, los archivos informativos, los espacios pagados, la prohibición de restricciones y la transparencia de la sociedad.

En este aspecto, se resalta que las personas naturales o jurídicas, tienen derecho a la comunicación social individual o colectivamente. Este derecho es libre y no precisa autorizaciones para fundar y mantener medios de comunicación e información.

Directores de medios de comunicación

Asimismo, se establece que: habrá un director responsable del contenido al frente de cada publicación diaria o periódica; en los medios radiales, televisivos o digitales, cada programa, de cualquier índole, tendrá un director, el cual debe ser mayor de edad, en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos y estar domiciliado real y permanentemente en República Dominicana.

Por tanto, los periodistas deberán cumplir la cláusula de conciencia y el secreto profesional.

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