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Reporte Especial | Junta Central Electoral da apellido a niños abandonados

Santo Domingo, R.D.-El abandono infantil en la República Dominicana es una problemática que ha dejado una huella dolorosa en la sociedad. A lo largo de los años se presencia cómo la vida de numerosos niños son afectados por este triste fenómeno.

Cada niño abandonado merece la oportunidad de crecer en un ambiente seguro y amoroso. Y esta es una responsabilidad de sus padres. Pero, muchos por distintas circunstancia se ven en la dolorosa decisión de abandonarlos.

Asimismo, los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a un nombre y una nacionalidad. Así lo establece uno de los derechos fundamentales estipulados en la Constitución de la República.

¿Qué pasa con un niño abandonado por sus padres? No existe legalmente. Por lo que no tendrá acceso a salud, educación y otros beneficios propios de los ciudadanos.

Para dar respuesta a esa problemática, en el año 2017, la Junta Central Electoral a través de la resolución 03-2017, dispuso la creación de un glosario alfabético de apellidos. Los mismos se asignarían de manera administrativa a cada menor declarado en estado de abandono. Esto,  previamente dictaminado por un tribunal de niños, niñas y adolescente.

Esta decisión se tomó debido a que los niños abandonados por sus padres no figuraban en el registro civil.  No tenían derecho a educación, salud y una cedula de identidad electoral.

Para esto, el órgano electoral realizó un arqueo de 128 apellidos desde la A hasta la Z. Así creó  una base de datos con apellidos poco comunes como. Entre ellos,  Albornoz, Arboleda, Acero, Cástulo, Costas, Gaviota, Hurdes, Nardo, Veda, Trigo y Trillo, etc.

Abandonar un niño es castigado por la ley

En la República Dominicana, abandonar a un niño es considerado un delito y está penalizado por la ley. Las sanciones pueden variar según las circunstancias del caso.  Las personas que abandonan a un niño pueden enfrentar desde multas hasta penas de cárcel.

De acuerdo al Código del Menor, el abandono de un niño se clasifica como un acto de negligencia y maltrato infantil. Las sanciones pueden abarcar multas de hasta 20 salarios mínimos, trabajos comunitarios, la pérdida de la patria potestad y penas de cárcel de hasta 10 años.

“Los abandonos y vulneración de derechos a niños, niñas y adolescentes se dan por diversas razones de violencia intrafamiliar, el entorno, falta de recursos económicos, entre otras causas”, explica Aly Peña, encargada del departamento legal de CONANI.

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