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DGCP inhabilita registro proveedores empresas con documentación falsa en licitaciones Ceiztur

DGCP inhabilita registro proveedores empresas con documentación falsa en licitaciones Ceiztur
DGCP. Fuente: Externa

Las empresas inhabilitadas de forma permanente no podrán contratar con el Estado

Santo Domingo D.N. La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) inhabilitó de forma permanente el Registro de Proveedor del Estado (RPE) de ocho empresas por presentación de documentación falsa o alterada en el marco de procedimientos por comparación de precios realizados por el Comité Ejecutor de Infraestructuras de Zonas Turísticas (Ceiztur), para la realización de diversas obras (construcciones y reconstrucciones).

Los proveedores inhabilitados son: las partes del Consorcio Vilthe Casolar, compuesto por la Constructora Casolar, S.R.L. Constructora Vilthe, S.R.L. El Grupo Mellius, S.R.L. Consorcio SR Power AVI, compuesto por SR Power Tech Solutions, S.R.L. y Avi Constructora, S.R.L.; el Grupo Comercial Gómez Escuder, S.R.L. Ingeniería Filoyen, S.R.L. y Byotransfalto Hac, S.R.L.

Las decisiones del órgano rector de las contrataciones públicas están contenidas en las Resoluciones RIC-69-2023, RIC-115-2023. Confirmada en la RIC-178-2023, RIC-170-2023, RIC-171-2023, RIC-172-2023, RIC-173-2023, RIC-174-2023 y RIC-177-2023. Su contenido está disponible en la sección Marco Legal de la página web institucional de la DGCP.

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DGCP explicó que Ceiztur es una de las instituciones que se ha mantenido cumpliendo con el deber de someter ante esta Dirección las solicitudes de inhabilitación. Esto tras identificar hallazgos durante las etapas de evaluación de ofertas.

Aplicación de Programa de Cumplimiento Regulatorio

“Debe señalarse que estos hallazgos se logran identificar en el ejercicio de la debida diligencia que hemos estado impulsando en el marco de la aplicación del Programa de Cumplimiento Regulatorio y recomendado a las unidades de compras de las instituciones”, afirmó el director general de Contrataciones Públicas, Carlos Pimentel.

Sobre la debida diligencia las resoluciones precisan que ésta no está limitada a un momento específico en los procedimientos. Más bien, recomiendan incluirla en cualquier etapa para salvaguardar la integridad de la contratación.

Pimentel precisó que, según la Ley 340-06, de Contrataciones Públicas, una de las acciones que traen como consecuencia la inhabilitación de forma permanente del RPE consiste en la presentación de documentación falsa o alterada.

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