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Abogada Evelyn Torres, que pregona discurso anticorrupción, fue cancelada como jueza por irregularidades

Santo Domingo, RD.-En una especie de paladín contra la corrupción se ha erigido, en los últimos días, la abogada Evelyn Torres Nova.

Esto así por el protagonismo que observa en la presentación de acciones judiciales ante la Procuraduría General de la República contra Gonzalo Castillo y la decisión de archivo definitivo de los expedientes de ocho involucrados en el caso Odebrecht.

Sin embargo, la hoy accionante fue cancelada como jueza en el 2018, tras el Consejo del Poder Judicial comprobar incurrió en faltas graves en el ejercicio de sus funciones.

El discurso anticorrupción de la reconocida abogada ha logrado titulares en los principales medios escritos y televisivos de alcance nacional.

Una de las acciones judiciales la depositó ante la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa contra la decisión que dispuso el archivo definitivo de los expedientes de ocho acusados en el caso Odebrecht, pese a que la Inspectoría del Ministerio Pública ya había tomado la decisión de investigar la decisión que había sido firmada por el procurador de corte José Narciso Escaño Martínez.

La especie de pasarela judicial continúo con la querella contra Gonzalo Castillo, excandidato presidencial del PLD, por la supuesta compra irregular de un hotel en Barahona.

Sin embargo, la jurista que actúa a nombre de la Fundación Alianza Ciudadana, esconde un pasado que devela inconsistencia en su discurso por la transparencia.

En agosto de 2018, el Consejo del Poder Judicial le canceló, tras agotar un proceso disciplinario, como jueza de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, por incurrir en faltas graves en el desempeño de sus funciones.

En la resolución número 26-2018, un amplio documento de 77 páginas, el órgano estableció que la magistrada Torres Nova cometió irregularidades en el manejo de un expediente apoderado, al no inhibirse de conocer el proceso a pesar de que fuera amiga del abogado de la demandante, y que además, con quien se reunió antes de emitir su decisión.

El Consejo del Poder Judicial sostuvo que la jueza cancelada violentó varios articulados de la Ley 327-98 sobre Carrera Judicial. Además del Código de Ética del Poder Judicial.
Aquí transcribimos la decisión del Poder Judicial:

“CONSEJO DEL PODER JUDICIAL
Disciplinada: Evelyn Torres Nova.
Resolución No. 26/2018.-
Dios, Patria y Libertad
República Dominicana
En nombre de la República, el Consejo de Poder Judicial, regularmente constituido por los Consejeros: Sara I. Henríquez Marín, en funciones de presidenta; Etanislao Radhamés Rodríguez F. y Leonardo Recio Tineo; asistidos del infrascrito Secretario General, en la sala de audiencias, sita sexto planta del edificio que aloja a la Suprema Corte de Justicia y al Consejo del Poder Judicial; en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República, hoy primero (1ro.) de agosto del año dos mil dieciocho (2018), años 175° de la Independencia y 155° de la Restauración, en sus atribuciones de jurisdicción disciplinaria, dicta la siguiente resolución:

Con relación al juicio disciplinario seguido a la magistrada Evelyn Torres Nova, Jueza de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asunto de familia, por alegada violación a los artículos 41, numeral 3; 44, numeral 2 y 5; 61 y 66 numeral 1, 2 y su párrafo de la Ley No. 327-98, sobre Carrera Judicial; los principios del Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial sobre: Credibilidad, Honestidad, Independencia, Imparcialidad Judicial, Integridad, Responsabilidad y Transparencia:

RESULTA QUE:
1) Mediante el Oficio SGCPJ No. 814/2014, de fecha 11 de marzo del 2014, suscrito por el Dr. Mariano Germán Mejía, Presidente de la Suprema Corte de Justicia y el Consejo del Poder Judicial comisionó a la Inspectoría General del Poder Judicial a los fines de investigar las supuestas irregularidad cometidas por la magistrada Evelyn Torres Nova, Jueza de la Secta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia;
2) En fecha 24 de enero de 2018, mediante Acta No. 04/2018, el Consejo del Poder Judicial decidió: remitir a juicio disciplinario a la Evelyn Torres Nova, Jueza de la Sexta Sala Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Nacional;
3) Mediante Auto dictado por el Dr. Mariano Germán Mejía, Presidente de la Suprema Corte de Justicia y el Consejo del Poder Judicial, fue fijada para el día veintiséis (26) de mayo del año dos mil diecisiete (2017), la audiencia disciplinaria para el conocimiento de la causa seguida en contra la magistrada Evelyn Torres Nova, Jueza de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia;
4) La audiencia fijada para antes mencionada fecha, fue cancelada administrativamente, y fijada nuevamente para el día 1ro de junio del año 2017, en la cual el Consejo del Poder Judicial, después de haber deliberado, decidió: “Primero: Que a solicitud de la parte disciplinada magistrada Evelyn Torres Nova, en el sentido de que se reenvíe el conocimiento de esta audiencia para una próxima fecha, con la finalidad de hacerse asistir técnicamente por un abogado. Esta jurisdicción reenvía el conocimiento de esta audiencia para el día martes 13 de junio del 2017, a las 10:00 a.m.; Segundo: Esta decisión vale notificación de la parte disciplinada para el día, mes, año precedentemente indicados y para la audiencia que al efecto será celebrada en este mismo salón de audiencias; vale igualmente notificación a la parte disciplinada para que tome conocimiento de todas las piezas que forman parte del expediente en la Secretaría del Consejo del Poder Judicial; y a tal efecto, igualmente se lo comunique como decisión formal a su defensa técnica, para que no alegue desconocimiento de que no quede advertido de que tomará conocimiento del expediente y de los testigos ofertados por la parte denunciante y por el Ministerio Público en la Secretaría General del Consejo del Poder Judicial, vale igualmente esta decisión autorización formal para que la parte disciplinada pueda depositar en la Secretaría de esta jurisdicción todas las piezas que desea hacer valer en apoyo de sus pretensiones o de su defensa; y si desea hacer valer testigos deposite su listado en la referida Secretaría, una y otra medida en el plazo de 10 días a partir de esta fecha;
Tercero: Esta decisión vale citación para la parte denunciante, para la próxima audiencia ya precedentemente indicada, así como los testigos que ofertó hacer valer en apoyo de sus pretensiones; vale también autorización para esa parte denunciante para que pueda depositar en los próximos 5 días a esta fecha, piezas y documentos que desea hacer valer;
Cuarto: Igualmente vale advertencia esta decisión para todas las partes que tengan interés en este proceso de que podrán tomar conocimiento de las informaciones que forman parte del expediente en la Secretaría del Consejo del Poder Judicial y advertencia del Ministerio Público, en el sentido de que deberá presentar sin necesidad de citación por parte de la jurisdicción los testigos que ha aportado en apoyo de sus pretensiones.

19) En fecha 10 de abril del año 2018, la disciplinada magistrada Evelyn Torres
Nova, Jueza de la Sexta Sala de la Cámara civil y Comercial del Distrito Judicial
del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, brindó por ante esta jurisdicción las declaraciones siguientes:

“En el sentido que han expuesto los abogados que constituye la barra de mi defensa yo quiero expresar de manera clara que estoy hoy siendo procesada por un acto jurisdiccional que emití en ejercicio de las atribuciones que me confiere la ley, basado en una doctrina de un libro llamado Divorcio Teoría y Práctica, en la cual me sustente y que bien o mal sea por un error o por desconocimiento tal vez no se hizo la cita independientemente de que un juez puede ejercer un obiter dictum, en cualquier sentencia que es apegarse a la doctrina sin que esto influya en la decisión propia del caso, lo cual fue el caso yo no tengo nada en contra del señor Bienvenido Rodríguez, ni de ningún usuario que asista a mi tribunal muy contrario a eso proviniendo de la defensa pública, soy muy dada al servicio y al respeto de los usuarios, existen a veces condiciones en los expedientes que no nos permiten ir más allá de lo que podemos decidir pues eso nos limita, yo no veo el derecho de familia de una manera tal vez tan fácil tal vez tan ligera como se ve en muchas situaciones, pues afecta el estado de la persona para siempre, por siempre y este la acompaña, si cometieron un error en mi decisión, si como ser humano falle, pues al año tenía que fallar entre cuatro y cinco mil expedientes y en esa época me encontraba supliendo en el Tribunal Superior Administrativo en un caso de mucha resonancia, de mucha presión y bajo medida de seguridad muy fuerte que realmente me afectaron personalmente, yo con la dignidad y la responsabilidad que me caracteriza yo le pido disculpas al señor, yo no tengo ningún motivo por el cual dañarlo a usted…”.

Por tales motivos, el Consejo del Poder Judicial de la República Dominicana, administrando disciplina por autoridad la Constitución y las Leyes, dentro de un marco de justicia social compatible con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas;

FALLA:
PRIMERO:
Declara buena y válida, en cuanto a la forma, las denuncias para apertura a juicio disciplinario, formuladas por ante este Consejo del Poder Judicial por parte de la
Procuraduría General de la República, contra la magistrada Evelyn Torres Nova, Jueza de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, por alegada violación a los artículos 41, numeral 3; 44, numeral 2 y 5; 61 y 66 numeral 1, 2 y su párrafo de la Ley No. 327-98, sobre Carrera Judicial; los principios del Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial sobre: Credibilidad, Honestidad, Independencia, Imparcialidad Judicial, Integridad, Responsabilidad y Transparencia;

SEGUNDO:
Declara a la magistrada Evelyn Torres Nova, Jueza de la Sexta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, especializada en asuntos de familia, CULPABLE de haber cometido faltas graves en el ejercicio de sus funciones, violando la Ley No. 327-98, sobre Carrera Judicial, en su artículo 44, numeral 2; artículo 66, numeral 2; a los Principios del Código de Ética del Poder Judicial, sobre Conciencia Funcional e Institucional, Credibilidad y Honestidad;

TERCERO:
DESTITUYEN A LA MAGISTRADA EVELYN TORRES NOVA DEL CARGO
DE JUEZA DE LA SEXTA SALA DE LA CÁMARA CIVIL Y COMERCIAL DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL DISTRITO NACIONAL,
ESPECIALIZADA EN ASUNTOS DE FAMILIA”.

Por Rentería Montero

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