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TSE conoce varias objeciones a candidaturas previo al cierre de inscripción

Santo Domingo RD.- El Tribunal Superior Electoral tiene más de 20 casos por fallar de militantes de los partidos que han objetado diversas candidaturas a lo interno de esas organizaciones, pese al plazo para la inscripción que vence este miércoles a la medianoche.

Este martes conoció 11 casos de los que falló cinco a favor del Partido Revolucionario Moderno, tres favorecieron al Partido de la Liberación Dominicana PLD, una de ellas parcialmente y las demás aplazadas.

En este sentido, al finalizar la fecha establecida las organizaciones políticas aún tienen percances con sus dirigentes.

A los partidos solo les queda acatar el dictamen y rectificar ante la Junta Central Electoral.

Estos son los casos que falló el TSE

Expedientes:
1. Partido de la Liberación Dominicana (PLD)
Expediente TSE-Núm. 053-2016
Objeto de la demanda: Acción constitucional de amparo.
Accionante: Lic. Julio César Valdez Toribio.
Abogada: Licda. Alexandra E. Raposo Santos.
Accionados: El Partido de la Liberación Dominicana (PLD), la Comisión Nacional Electoral del Congreso Elector “Gladys Gutiérrez” y el presidente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), el Dr. Leonel Antonio Fernández Reyna.

La audiencia fue aplazada para el viernes 18 de marzo del presente año a la 9:00 a.m. para comunicación recíproca de documentos.

2. Partido de la Liberación Dominicana (PLD)
Expediente TSE-Núm. 056-2016
Objeto de la demanda: Acción de amparo Preventivo de extrema urgencia.
Accionante: Genaro Abreu Henríquez.
Abogado: Lic. Leopoldo Francisco Núñez Batista.
Accionado: Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

Dispositivo de sentencia adjunto.
3. Partido Revolucionario Moderno (PRM)
Expediente TSE-Núm. 054-2016
Objeto de la demanda: Acción Constitucional de Amparo.
Accionantes: Altagracia Fernández Báez (Evelin), Antonio Féliz Féliz e Ingrid Eridania Suarez Zapata.
Abogados: Dres. José Juan Zapata y Ernesto Mateo Cuevas.

Accionados: Bienvenido Ortiz, en su calidad presidente de la Convención Extraordinaria de Delegados Municipal del Municipio de Santo Domingo Este del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Néstor Julio Cruz Pichardo, en su condición de Secretario de la Convención Extraordinaria de Delegados Municipal del Municipio de Santo Domingo Este del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Comité Municipal de Santo Domingo Este del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Comisión Local Organizadora de la XVII Convención Extraordinaria “Ana María Acevedo” (CLO) de Santo Domingo Este del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Presidenta de la Comisión Nacional Organizadora de la XVII, Convención Nacional Ana María Acevedo (CNO), Dra. Milagros Ortiz Bosch y Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Dispositivo de sentencia adjunto.

4. Partido Revolucionario Moderno (PRM)
Expediente TSE-Núm. 038-2016
Objeto de la demanda: Recurso de impugnación a la asamblea extraordinaria de delegados “María Acevedo”, 2da. Etapa, para escoger los candidatos y candidatas de nivel municipal del PRM en el municipio de Bajos de Haina, del sábado 20 del mes de febrero del 2016.

Demandados: Partido Revolucionario Moderno (PRM); el presidente, el secretario general y el director de finanzas del indicado partido político en el municipio de los bajos de Haina, señores Marcos Encarnación, Miguel Vásquez Mariano y Osvaldo Rodríguez.

Abogados: Licdos. Julio Peña Guzmán, Ramón Efrén Cuello y José Perdomo.
La audiencia fue fijada para el viernes 18 de marzo del presente año a las 9:00 a.m. para dar oportunidad a la parte demandante de analizar los documentos recibidos.

5. Partido Demócrata Popular (PDP)
Expediente TSE-Núm. 008-2016

Objeto de la demanda: Demanda en nulidad de la convocatoria que convoca(Sic) a la Décimo Segunda (XII) Convención Nacional Extraordinaria del Partido Demócrata Popular (PDP), aparecida en el periódico vespertino “El Nacional”, en fecha 17 de febrero de 2012; de la Décimo Segunda (XII) Convención Nacional Extraordinaria del Partido Demócrata Popular (PDP), celebrada en fecha 26 de febrero de 2012; de la Resolución No. 001-2012, de fecha 2 de enero de 2012, emitida por el Comité Ejecutivo Nacional (CEN), del Partido Demócrata Popular (PDP), surgido de la XI Convención Nacional Extraordinaria del Partido Demócrata Popular (PDP), de fecha 28 de febrero de 2010; de la conformación del Comité Ejecutivo Nacional (CEN), del Comité Disciplinario y del Comité Político del Partido Demócrata Popular (PDP), surgido de la Décimo Segunda (XII) Convención Nacional Extraordinaria del Partido Demócrata Popular (PDP), celebrada en fecha 26 de febrero de 2012.

Demandantes: Claudio José Núñez Jiménez, Frank Félix Abreu, Alexis Ramírez, Reyes Charles de la Rosa, Ramón Antonio Abreu, Ricardo Reyes Núñez y Ángel Custodio Ramírez.

Abogados: Dr. Antonio De Jesús Lara, Lic. Alfredo Ramírez Peguero y el Lic. Eddison Manuel Durán Mata.

Demandados: Partido Demócrata Popular (PDP), los señores Nelson Didiez Nadal, Namibia Angola Didiez Ogando, Santa María Ogando y compartes.

Abogados: Licdos. Raúl Reyes Vásquez y Alberto Reyes Báez.
Abogado: Lic. Julio Oscar Martínez.

Cerrado los debates. El tribunal se reservó el fallo para una próxima audiencia.

6. Partido Demócrata Popular (PDP)
Expediente TSE-Núm. 022-2016
Objeto de la demanda: Demanda en nulidad de la convocatoria que convoca (sic) a integrar el domingo 14 de febrero del año 2016, la Décimo Tercera (XIII) Convención Nacional Extraordinaria del Partido Demócrata Popular (PDP), publicada en el periódico vespertino “El Nacional”, de fecha miércoles 3 de febrero del 2016.

Demandantes: Claudio José Núñez Jiménez, Frank Féliz, Abreu, Alexis Ramírez, Manuel Ismael Pérez Olivero, Reyes Charles de la Rosa, Ramón Antonio Abreu, Ricardo Reyes Núñez y Ángel Custodio Ramírez.

Abogados: Dr. Antonio De Jesús Lara, Lic. Alfredo Ramírez Peguero y el Lic. Edison Manuel Durán Mata.

Demandados: Partido Demócrata Popular (PDP) y los señores Nelson Didiez Nadal, William Charpantier Blanco, Miriam Agramonte Guzmán, y compartes.

Abogados: Licdos. Raúl Reyes Vásquez y Alberto Reyes Báez.

Abogado: Lic. Julio Oscar Martínez.

Cerrado los debates. El tribunal otorga un plazo de 10 días hábiles para presentar escritos ampliatorios. Fallo reservado para una próxima audiencia.

7. Partido Revolucionario Moderno (PRM)
Expediente TSE-Núm. 049-2016

Objeto de la demanda: Acción constitucional de amparo, por violación al derecho fundamental de ciudadanía de elegir y ser elegido, artículo 22, ordinal I, 69 y 216 de la Constitución, artículo 8 literal A, 9, 103, y 116 de los Estatutos del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Accionantes: José Díaz Cabrera, René Lantigua Méndez, Rafael Vicente Díaz, Fausto Emilio Reyes, Vicente Díaz, Oscar Reyes, Jesús Sánchez Minaya, Ancelmo Cabrera Coromina, Ramón Antonio Jiménez, Rafael Reyes Crisóstomo, Aníbal Stefani, José Rafael Batista, Adalberto Inoa, Ambiorix Reyes, Pedro Contreras, Marino Martínez, Víctor Almánzar, Nelson Carela, María Rosario y Marisel Lebeque Cisnero.

Abogados: Dr. Luis Mena, Licdos. Juan Alberto Taveras y José Díaz Cabrera.
Accionados: Comité Municipal y Provincial de Santiago del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Dispositivo de sentencia adjunto.

8. Partido Revolucionario Moderno (PRM)
Expediente TSE-Núm. 051-2016
Objeto de la demanda: Recurso de amparo.
Accionante: Misael Radhamés Díaz León.
Abogado: Lic. Pedro Peralta Espinal.
Accionados: Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Comisión Nacional Organizadora (CNO).

Dispositivo de sentencia adjunto.

9. Partido Revolucionario Moderno (PRM)
Expedientes fusionados TSE-Núm. 050-2016 y TSE-Núm. 033-2016
A) Objeto de la demanda: Acción constitucional de amparo.
Accionante: Raúl Caba Jiménez.

Abogados: Dr. Jaime Francisco Carrasco Batista y Lic. David Turbí Reyes.

Accionados: Partido Revolucionario Moderno (PRM), Comisión Nacional Organizadora de la XVII Convención Nacional Ana María Acevedo (CNO), candidato presidencial del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Lic. Luis Rodolfo Abinader Corona, presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Dr. Andrés Bautista García, Secretario General del Partido Revolucionario Moderno (PRM), Jesús Vásquez Martínez, presidenta de la Comisión Nacional Organizadora de la XVII Convención Nacional Ana María Acevedo (CNO), Dra. Milagros Ortiz Bosch.

B) Objeto de la demanda: Solicitud de medida cautelar de extrema urgencia en suspensión de proclamación de candidatos a diputados, a la Comisión Nacional Organizadora de la XVII Convención Local (CLO) Dra. Milagros Ortiz Bosch, el presidente del Partido Revolucionario Modero (PRM), Lic. Jesús Vásquez Martínez, hasta que intervenga sentencia definitiva, circunscripción Núm. 2, del Distrito Nacional.

Demandante: Raúl Caba Jiménez.

Abogados: Licdos. Jaime Francisco Carrasco Batista y David Turbí Reyes.
Demandados: Comisión Nacional Organizadora de la XVII Convención Local (CLO); la Dra. Milagros Ortiz Bosch; el presidente y el secretario general del Partido Revolucionario Moderno (PRM), señores Andrés Bautista García y Jesús Vásquez Martínez y el Partido Revolucionario Moderno (PRM).
Abogado: Licdos. Julio Peña Guzmán, José Esteban Perdomo y Ramón Efrén Cuello.

Dispositivo de sentencia adjunto.

10. Partido de la Liberación Dominicana (PLD)
Expedientes fusionados TSE-Núm. 030-2016 / TSE-No. 059-2016
A) Objeto de la demanda: Demanda en restitución de membresía y funciones, así como la inscripción de la candidatura a regidor en la posición no. 2 en el municipio de Samaná, circunscripción 1.
Demandantes: Abraham Forchue Miller y Rosanna Forchue Guzmán.
Abogados: Licdos. Juan Sena y Luis Emilio Forchue Miller.
Demandados: Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
B) Objeto de la acción: Acción constitucional de amparo en extrema urgencia.
Accionantes: Abraham Forchue Miller y Rosanna Forchue Guzmán.
Abogados: Licdos. Juan Sena y Luis Emilio Forchue Miller.
Accionados: Comité Político del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

Dispositivo de sentencia adjunto.

11. Partido Revolucionario Moderno (PRM)
Expediente TSE-Núm. 046-2016
Objeto de la demanda: Acción de amparo de cumplimiento de extrema urgencia.
Accionante: Lic. Pablo Sención Vásquez.
Abogado: Lic. Jorge Luis Hoogluiter Henríquez.
Accionados: Partido Revolucionario Moderno (PRM) y Comisión Nacional Política; Comisión Ejecutiva; Comisión Nacional Organizadora de la XVII Convención Nacional «Ana María Acevedo» (CNO); el presidente del Partido Revolucionario Moderno (PRM) y compartes.

Más contenido por Redacción CDN

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