Santo Domingo, RD. – Al analizar la acusación contra Gonzalo Castillo, la jueza Altagracia Ramírez concluyó que el Ministerio Público no logró demostrar que los depósitos y donaciones recibidos por Gonzalo para su campaña en 2020 tuvieran origen ilícito ni que estuvieran vinculados con los hechos de corrupción investigados.
Respecto del exministro Administrativo de la Presidencia, José Ramón Peralta, la jueza dijo que no se presentaron pruebas que demostraran que gestionó y recibió dinero ilícito, facilitado del uso un inmueble conocido como “La Casita”. Por el contrario, la jueza sostuvo que las pruebas indican que Peralta solo figura como fiador solidario del inmueble, donde supuestamente se hacían las transacciones ilícitas.
Asimismo, el tribunal observó que las funciones políticas desempeñadas por Peralta dentro del PLD hacían necesario que la acusación distinguiera cuáles fondos eran ilícitos y cuáles correspondían a actividades políticas legítimas.
Tribunal no identifica participación directa de Daniel Guerrero
Respecto de Daniel Alberto Guerrero, hijo del exministro de Hacienda Donald Guerrero, la jueza estableció que no se logró identificar una actuación concreta, personal y directa y aclaró que la calidad de accionista del imputado en empresas investigadas, ni su relación de parentesco con otro imputado constituyen evidencias.
Actuación de notaria constituye falta disciplinaria, no delito penal
En el caso de la abogada y notario público, Rosa Arias Ruiz, la jueza determinó que el único hecho acreditado contra ella, es que legalizó dos contratos de cesión de crédito en los que intervino su hijo e imputado, Omar Manuel Miqui Arias. Sin embargo, la jueza estableció que dicha actuación conlleva una infracción disciplinaria conforme a la Ley del Notariado.
Finalmente, en relación con Marcial Reyes, la magistrada señaló que las pruebas incorporadas al proceso demostraban que tenía calidad para ser beneficiario legítimo de fondos derivados de las expropiaciones de terrenos investigadas, por formar parte de una sucesión familiar propietaria de esos terrenos.