- El Poder Judicial digitaliza trámites en la Jurisdicción Inmobiliaria, ampliando el acceso a la justicia con 46 salas habilitadas en todo el país.
Santo Domingo. En la República Dominicana, la Jurisdicción Inmobiliaria tiene competencia exclusiva para conocer de los derechos inmobiliarios. Y su registro en el país, desde que se solicita la autorización para la mensura y durante toda la vida del inmueble, salvo las excepciones previstas en el marco legal.
El sector inmobiliario está regulado fundamentalmente por la Ley 108-05 de Registro Inmobiliario del 23 de marzo de 2005, (modificada por la Ley 51-07 del 23 de abril de 2007), la cual norma el registro de los derechos reales inmobiliarios en todo el territorio Dominicano, implementando el sistema de publicidad inmobiliaria del país.
La Jurisdicción Inmobiliaria está compuesta por:
- Tribunales Superiores de Tierras.
- Tribunales de Jurisdicción Original.
- Dirección Nacional de Registro de Títulos.
- Dirección Nacional de Mensuras Catastrales.
- Así mismo es integrante del abogado del Estado.
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El día de hoy, el Poder Judicial avanza con éxito en la expansión de la Plataforma de tramitación en línea, Acceso Digital, en las salas de la Jurisdicción Inmobiliaria. Integrando tanto los Tribunales de Jurisdicción Original como los Superiores de Tierras y la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
Este esfuerzo responde a la decisión del Pleno de la Suprema Corte de Justicia, adoptada en su sesión núm. 17/2025, mediante la cual se autorizó la expansión del Acceso Digital y de las audiencias virtuales en las materias Inmobiliaria, Niños, Niñas y Adolescentes, así como en los Juzgados de Paz, de manera progresiva.
Desde el 31 de julio, todas las salas de tierra a nivel nacional están habilitadas para recibir trámites a través de esta plataforma, sumando un total de 46 salas en funcionamiento. Lo que consolida el acceso a la justicia inmobiliaria en todo el país.
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Estas salas se suman a las 76 ya integradas en materia laboral, las 110 en materia Civil, las seis salas del Tribunal Superior Administrativo. Así como la Primera y Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia.
Acceso digital
Acceso digital es un servicio diseñado para que las personas usuarias puedan realizar trámites, solicitudes, depósitos, consultas y demás funcionalidades que el ordenamiento jurídico permite utilizando la tecnología, conforme a la Ley 339-22. La Plataforma de Acceso Digital brinda múltiples beneficios, como facilidad de acceso, seguridad, transparencia en los procesos y optimización en la eficiencia. Su expansión responde al eje estratégico “100% Acceso” y representa una ventaja significativa para las personas usuarias del sistema judicial, ya que pone a disposición más tribunales capaces de recibir trámites y solicitudes de forma digital, eliminando la necesidad de desplazamientos. Y facilitando el acceso a la justicia