Política

Ministerio Público declara tolerancia cero contra crímenes y delitos electorales

SANTO DOMINGO, RD.-La Procuraduría Especializada contra los Crímenes y Delitos Electorales presentó este miércoles un portal web que permitirá a los ciudadanos interponer sus denuncias en torno a las elecciones presidenciales y congresuales que se celebrarán este domingo.

En adición, fiscales de todas las demarcaciones estarán supervisando el proceso en los recintos electorales en compañía de los de la policía militar electoral.

Con el propósito de garantizar un verdadero acceso a la justicia electoral y evitar que se repitan los delitos electorales cometidos en las elecciones municipales, la Procuraduría Especializada contra los Crímenes y Delitos Electorales habilitó una página web para recibir denuncias de los ciudadanos durante las elecciones de este domingo.

Al mismo tiempo, el titular de la procuraduría especializada, Iván Feliz, informó que todas las fiscaliza a nivel nacional estarán abiertas durante el proceso electoral  para recibir denuncias y los fiscales estarán visitando, junto a miembros de la Policía Militar Electoral, los recintos electorales con el fin de tomar acciones inmediata en caso de irregularidades.

El anuncio de estas acciones  fue aprovechada por el delegado político de la Fuerza del Pueblo para solicitar se investigue la apertura de dos locales del partido oficialista frente a recintos electorales.

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A partir de este viernes, 125 fiscales, 79 abogados y todo un personal técnico estará atento a las eventualidades que se puedan suscitar torno al proceso electoral.

Persecución de infracciones compete a la Procuraduría Especializada contra Crímenes y Delitos Electorales.

Entre los principales delitos sobre los que la Junta llama la atención está obstaculizar o cohibir a un votante cuando se dirige a un colegio electoral a ejercer su derecho al voto.

También, enseñar el voto o decir por quién votaste o piensas votar; amenazar con despedir a un empleado que quiera votar; pedir dinero, favores o regalos a cambio de votar a favor de cualquier candidato o candidata.

Además, comprar o vender una cédula, entre otros establecidos en el Capítulo II, Artículo 309 y siguientes de la Ley 20-23 Orgánica del Régimen Electoral.

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