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Abogado aclara nuevo Código Penal penaliza el uso de botellas de brebajes

La disposición busca evitar prácticas caseras peligrosas empleadas para provocar abortos y ofrece un marco penal específico para quienes faciliten la interrupción del embarazo mediante sustancias.

Nuevo Código Penal castiga el "aborto consentido" con cárcel

El abogado Sebero D´Oleo aclaró que el nuevo Código Penal contempla en su artículo 106 la figura del aborto consentido, la cual sanciona a quienes colaboren en la interrupción del embarazo mediante el suministro de alimentos, brebajes o medicamentos, aun cuando exista el consentimiento de la mujer.

Según explicó el profesional del Derecho, esta disposición busca evitar prácticas que anteriormente se utilizaban para provocar abortos. Por ejemplo, el consumo de líquidos o sustancias caseras con ese propósito.

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“En ese artículo, el legislador ha plasmado lo que es la figura del aborto consentido. Establece que quien, mediante alimentos, brebajes o medicamentos, coopere con la interrupción del embarazo de una mujer, aun teniendo el consentimiento de esta, puede ser sancionado con una pena de dos a tres años de prisión, además del pago de una multa equivalente de nueve a quince salarios mínimos del sector público”, precisó D´Oleo.

El nuevo Código Penal, promulgado el año pasado, entrará en vigencia el próximo mes de agosto.

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