La Cuarta Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó la acción constitucional de amparo colectivo interpuesta por el señor Cirilo de Jesús Guzmán López contra el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y el Fideicomiso para la Expansión y Operación de la Red de Parqueos de Uso Público de la República Dominicana (Paqueat_RD).
La parte accionante solicitaba declarar inconstitucional y nula la disposición de requerir el pago de la multa y del costo por concepto de grúa para traslado y remoción de los vehículos mal estacionados.
Mediante sentencia de fecha 12 de agosto de 2025, el tribunal consideró que, si bien estima su capacidad como tribunal para conocer de dicha acción de amparo, la rechaza por entender que hay otras vías legales para que el accionante procure el conocimiento de su solicitud. Asi como el procedimiento ordinario de tutela contencioso administrativo.
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La TSA enfatizó que las tarifas por remolque y sanciones son necesarias para mantener la seguridad y el orden en los estacionamientos bajo su administración. Los usuarios deben cumplir con las regulaciones establecidas para evitar sanciones.
El recurso buscaba declarar inconstitucional y anula el pago tanto de la multa como del costo de grúa para el traslado de vehículos mal estacionados.
La decisión de la TSA ha generado diversas opiniones entre los usuarios afectados. Algunos de los cuales consideran que las multas y los cobros por grúa son excesivos. Mientras que otros reconocen que las medidas contribuyen a mantener la seguridad y la eficiencia en los aeropuertos. La agencia indicó que seguirá aplicando estas normativas de manera consistente para garantizar el orden en sus instalaciones.