Santo Domingo.- La medida que reduce la vigencia de las licencias de conducir para personas mayores de 65 años volvió al centro del debate público luego de que el juez del Tribunal Constitucional, José Alejandro Vargas, expresará su inconformidad, cuestionando que los envejecientes deban renovar el documento con mayor frecuencia, contrario al plazo habitual de cuatro años.
En el mes de marzo el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) aclaró que esta disposición no es nueva ni creada recientemente por la entidad, sino que está establecida en el Decreto 6-19, emitido en 2019 durante la gestión del expresidente Danilo Medina.
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La normativa establece que las licencias de conducir de las categorías 01, 02 y 05 tienen una vigencia de cuatro años hasta los 65 años de edad, pero a partir de esa edad deben renovarse cada dos años. En el caso de las licencias profesionales, categorías 03 y 04, la renovación pasa de tres años a solo un año después de los 65.
¿Por qué ocurre esto?
De acuerdo con el Intrant, la razón principal es la seguridad vial. La institución sostiene que, con el avance de la edad, pueden producirse cambios en las condiciones físicas, visuales y cognitivas de los conductores. Por lo que se requieren evaluaciones médicas y psicofísicas más frecuentes para garantizar que continúan aptos para conducir.
La entidad explicó que la medida no elimina el derecho de las personas mayores a manejar vehículos. Sino que busca verificar periódicamente sus condiciones de salud para reducir riesgos en las vías públicas.
El debate revivió cuestionamientos sobre si la edad, por sí sola, debe ser el criterio principal para reducir la vigencia de una licencia o si las evaluaciones médicas deberían aplicarse bajo parámetros individuales, independientemente de los años cumplidos.