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¿Qué sanciones enfrentan los responsables del envenenamiento de perros?

¿Qué sanciones enfrentan los responsables del envenenamiento de perros?
El envenenamiento de al menos 16 perros en Santiago y de otros cuatro en el Parque Mirador Sur del Distrito Nacional ha generado una ola de indignación en la sociedad dominicana. (FOTO ILUSTRATIVA: FUENTE EXTERNA)

El envenenamiento de al menos 16 perros en el sector Los Salados, al norte de Santiago, y de otros cuatro en el Parque Mirador Sur del Distrito Nacional, ha generado una ola de indignación en la sociedad dominicana. Más allá del impacto emocional y comunitario de estos hechos, surge la pregunta: ¿qué sanciones contempla la legislación dominicana para actos de crueldad como este?

La Ley 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable, promulgada por el expresidente Leonel Fernández en el año 2012, establece claramente las obligaciones y sanciones relacionadas con el trato hacia los animales.

¿La crueldad animal es un delito penal en RD?

El artículo 66 de dicha ley tipifica como infracción grave el envenenamiento de animales y establece que quien incurra en esta acción será sancionado con prisión de seis meses a un año, además de una multa que va desde uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado. La disposición legal es tajante en su formulación:

“Se considera una infracción grave causar la muerte de un animal mediante actos de crueldad, envenenamiento o el uso de armas u objetos que le ocasionen sufrimiento innecesario”.

Además, si se demuestra que los actos fueron cometidos con ensañamiento o por reiteración, como parece ocurrir en este caso (según testimonios de residentes, es la segunda vez que ocurre en el sector), el castigo puede agravarse. El artículo 67 señala que cuando se incurra en reincidencia, las penas podrán duplicarse.

¿Cuál es la responsabilidad penal y social por crueldad animal en RD?

Marilyn Lois Liranzo, quien fue coordinadora de operaciones de la Unidad de Protección Animal de la Procuraduría General de la República, repudió el hecho. “Lamentablemente, muchas personas aún cometen estos crímenes en lugar de proteger a los animales, como es su deber”, expresó. La exfuncionaria destacó que la Ley 248-12 no es simbólica, sino de cumplimiento obligatorio, y llamó a las autoridades a actuar con firmeza.

“Quien mata a un animal de manera cruel está cometiendo un delito penal, no un simple acto repudiable desde lo moral”, añadió.

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¿Qué han hecho las autoridades locales?

Tanto la Alcaldía de Santiago como la del Distrito Nacional han solicitado formalmente al Ministerio Público la apertura de investigaciones para dar con los responsables. En el caso de la capital, el Departamento de Protección Animal del Ministerio Público recibió una solicitud directa en virtud de la Ley 248-12.

La legislación dominicana contempla en su artículo 4 la responsabilidad de los ayuntamientos de velar por el cumplimiento de esta norma, en coordinación con el Ministerio de Medio Ambiente y la Procuraduría General de la República.

¿Qué dice la ley sobre la tenencia responsable y la protección de animales?

Otro aspecto que destaca la Ley 248-12 es el de la tenencia responsable de animales. En su artículo 18 se promueve la educación ciudadana para evitar actos de violencia hacia los animales. También contempla que los ciudadanos tienen el deber de denunciar todo acto que atente contra la vida o el bienestar animal.

Vecinos de Los Salados expresaron su temor por la posibilidad de que estos envenenamientos se repitan. “El que es capaz de matar a un perro, puede hacerle daño a una persona”, dijo Casimiro Tejada, residente del lugar.

Los hechos ocurren apenas días después de una feria de adopción en Santiago, en la que se logró ubicar a más del 90% de los animales presentados. La comunidad expresa que esta tragedia borra parte del avance logrado en materia de bienestar animal.

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