La nueva Ley de Compras y Contrataciones Públicas (Ley 47-25) y su reglamento de aplicación establecen que la publicidad oficial en medios de comunicación del Estado dominicano deberá contratarse de manera directa con los medios, prohibiendo expresamente el uso de agencias publicitarias u otras formas de intermediación comercial.
En claves

- La Ley 47-25 prohíbe la intermediación en la compra de publicidad estatal en los medios de comunicación, siendo el Estado deberá contratar directamente con los medios.
- Los medios deben estar legalmente registrados.
- La creación del contenido publicitario no está incluida en esta excepción.
Contratación directa y requisitos legales
La normativa establece que los medios contratados deben estar legalmente constituidos y debidamente registrados ante la autoridad correspondiente. Asimismo, que estas contrataciones deben realizarse en coherencia con las políticas de publicidad pública del Poder Ejecutivo, en el caso de las instituciones adscritas a este poder del Estado.
Asimismo, se aclara que la excepción de contratación directa no incluye la creación ni la producción del contenido publicitario, diferenciando claramente la compra de espacios de difusión de los procesos creativos o de producción.
Con este marco normativo, el Gobierno dominicano busca ordenar el gasto en publicidad oficial, fortalecer la contratación directa con los medios de comunicación formales y eliminar la intermediación innecesaria.