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La Junta Central Electoral advierte sobre el inicio de precampaña y campaña electoral

La Junta Central Electoral advierte sobre el inicio de precampaña y campaña electoral

Santo Domingo. – La Junta Central Electoral (JCE) recordó a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos, así como a la ciudadanía, que los períodos de precampaña y campaña aún no han iniciado. Esto conforme a lo establecido en la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral y la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, cualquier acto proselitista previo está prohibido.

El organismo electoral hizo un llamado a líderes y lideresas de partidos políticos, así como a quienes participan en estas actividades, a actuar con responsabilidad y compromiso democrático. La JCE exhortó a respetar las disposiciones legales para preservar un ambiente electoral pacífico, ordenado y en apego a la integridad del proceso.

Fechas clave para el proceso electoral de 2028, según la Junta Central Electoral

Para las elecciones generales de 2028, la JCE informó que el período de precampaña comenzará el primer domingo de julio de 2027 y concluirá con la escogencia de las candidaturas. La campaña electoral formal iniciará con la proclama oficial, a más tardar 70 días antes de los comicios, como establece la normativa vigente.

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La Junta Central Electoral advirtió que aplicará sanciones a quienes violen las disposiciones legales sobre los tiempos de precampaña y campaña. Las infracciones serán penalizadas conforme al artículo 308, numerales 4 y 5, de la Ley 20-23, y el artículo 78, numeral 8, de la Ley 33-18. Estas medidas buscan garantizar el cumplimiento de las reglas electorales.

Garantía de legalidad en el proceso electoral

La JCE reafirmó su compromiso como órgano rector del proceso electoral, velando por el respeto a la ley y el cumplimiento de las disposiciones que regulan las actividades proselitistas. Esta vigilancia es fundamental para preservar la legitimidad del proceso y la confianza ciudadana.

¿Cuáles son las consecuencias de incumplir con esta norma?

Adelantarse al período de campaña establecido por la Junta Central Electoral (JCE) en República Dominicana conlleva varias consecuencias legales y políticas, según lo dispuesto en la Ley No. 20-23 Orgánica del Régimen Electoral y la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos. Algunas de las principales son:

1. Sanciones legales y administrativas

  • La JCE tiene la autoridad para imponer sanciones a quienes realicen actos de campaña fuera de los tiempos permitidos.
  • Estas sanciones pueden incluir multas y restricciones para participar en actividades futuras.
  • El artículo 308 de la Ley 20-23 y el artículo 78 de la Ley 33-18 regulan las infracciones y establecen penalidades para actos de proselitismo fuera del período autorizado.

2. Inhabilitación de candidaturas

  • En casos graves, la JCE puede declarar la inhabilitación de candidaturas si se comprueba que un precandidato o candidato ha incurrido en actos proselitistas anticipados.

3. Daño a la imagen pública y credibilidad

  • Los partidos y candidatos que no respetan las normativas electorales pueden enfrentar críticas por actuar de manera antidemocrática.
  • La percepción negativa por parte de la ciudadanía puede afectar su posicionamiento en el proceso electoral.

4. Pérdida de recursos financieros y tiempo

  • La JCE puede anular las actividades de precampaña fuera del período autorizado, lo que implica una pérdida económica para las agrupaciones políticas.

5. Riesgo de conflictos políticos

  • El inicio anticipado de campañas puede generar tensiones entre partidos y afectar la paz electoral. Lo que va en contra del objetivo de la JCE de preservar un proceso electoral ordenado y transparente.

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