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Juan Rosario Gratereaux : “Empleados suspendidos por Covid-19 cobraran doble sueldo“

Santo Domingo, RD- El abogado en materia laboral, Juan Rosario Gratereaux, explicó que las personas suspendidas cobraran doble sueldo, puesto que la suspensión no afecta la longevidad del trabajador en la empresa, con excepción de los empleados desahuciados o que hayan finalizado su contrato.

Rosario explicó, que el Código de Trabajo establece en sus artículos 48,49 y 50 que el empleador tiene 90 días para suspensión anual, pasado el plazo se debe reintegrar a las labores el empleado, en caso de continuar la situación que dio origen a la suspensión, debe ser acogida por el Ministerio de Trabajo siempre y cuando este contemplado en el artículo 52.

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También expresó que en caso de que el empleador no puede pagar la reintegración del empleado, lo viable sería un desahucio acordando con el empleado la forma de pago de sus prestaciones laborales.

Afirmó que legalmente todo trabajador que ejecute las labores demandadas por un empleador es un contrato de trabajo, por lo que está obligado a pagar los beneficios que establece el Código de Trabajo.

Al tratar el tema de las vacaciones citó la resolución 07-2020 contemplado por el Ministerio de Trabajo, en la cual se hace una flexibilización laboral que exige el pago de las vacaciones a los empleados suspendidos de forma inmediata.

Por: Lina Bautista

Más contenido por Redacción CDN

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