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JCE abre periodo de campaña y dispone tope de gastos para candidaturas

Fachada de la Junta Central Electoral. Foto: CDN Digital
Fachada de la Junta Central Electoral. Foto: CDN Digital

Santo Domingo, RD.- La Junta Central Electoral (JCE) emitió una proclama con la que declara abierto el periodo de campaña electoral y dispone el tope de gastos para las candidaturas presidenciales y congresuales.

En ese sentido, el órgano elector estableció que los candidatos de los distintos partidos políticos deberán realizar un informe de sus ingresos y egresos en el que se identifique el origen de los recursos y forma de gastos. Esto se realizará a través del Sistema Integrado de Fiscalización Electoral (SIFE).

La JCE determinó que para cada partido, agrupación o movimiento político el tope de gastos asciende a los catorce millones de pesos dominicanos.

Del mismo modo, el órgano electoral dispone que cada partido, agrupación o movimiento político, así como los candidatos/as, según sea el caso, deben suministrarán un correo electrónico. Esto, para ser provistos de los usuarios correspondientes y así tener acceso al Sistema Integrado de Fiscalización Electoral (SIFE) de la Junta Central Electoral.

Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos deberán depositar en plazo no mayor de treinta (30) días calendario a partir de la emisión de esta Resolución, eI presupuesto general proyectado de los ingresos que captará y los gastos programados a ser ejecutados por la organización política durante el proceso electoral correspondiente, de igual manera depositarán también, el presupuesto proyectado de los ingresos que captará los gastos programados a ser ejecutados por cada candidato/a; estas informaciones deberán ser reportadas a través del SIFE, diseñado para facilitar el cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 218 de la Ley núm. 20-23, de fecha 17 de febrero 2023.

Tope en el gasto de campaña electoral

El límite de gasto por campaña electoral, por partidos, agrupaciones o movimientos políticos, será, equivalente a uno punto setenta y cinco pesos dominicanos (RD$1.75) por electores hábiles inscritos en el corte definitivo del Registro Electoral.

Queda establecido que en base a la totalidad de los electores hábiles para las elecciones del 19 de mayo de 2024 que totalizan 8,145,548 electores, el tope de gastos para cada Partido, Agrupación o Movimientos Político asciende al monto total de CATORCE MILLONES, DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL, SETECIENTOS NUEVE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$14,254,709.00).

Consumo de los candidatos

La JCE dispone que, conforme con lo establecido en el artículo 220 de la Ley núm. 20-23, los topes de gastos de los/as candidatos/as para las elecciones ordinarias generales del 19 de mayo de 2024, se realizarán sobre la base siguiente:

LE SUGERIMOS LEER:

1) Presidenciales: Ciento veintidós punto cincuenta pesos dominicanos (RD$122.50) por electores hábiles inscritos en el Registro Electoral a nivel nacional;

2) Congresuales: Ciento cinco pesos dominicanos (RD$105.00) por electores hábiles inscritos en el Registro Electoral a nivel de la provincia o circunscripción correspondiente;

En el caso de los/las candidatos/as de diputación de ultramar se utilizará el mismo tope de gastos establecido en el nivel congresual, con la excepción de que los mismos resultarán convertidos a la tasa cambiaria de euros y dólares de los Estados Unidos de América vigentes al momento de la emisión de la presente Resolución.

Se contabilizará, para los fines de los topes del gasto de campaña establecidos en la presente Resolución, la acumulación de los gastos realizados. Estos, por los/as candidatos/as a cargos de elección popular.

Para las alianzas, los gastos que incurran los aliados en favor del/la candidato/a que personifica dicha alianza, estos se acumulará y contabilizará para los fines de los topes del gasto de campaña establecidos en la presente Resolución.

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Monto del Tope de gastos de los/as candidatos/as. Los montos específicos de los topes de gastos, según lo dispuesto en la ley serán los siguientes:

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