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Conocen medida de coerción a Leonardo Faña; decenas de personas acuden a darle apoyo moral

Santo Domingo, RD.- En estos momentos, en la Fiscalía del Distrito Nacional se le conoce la medida de coerción al director del Instituto Agrario Dominicano (IAD), Leonardo Faña, acusado de agredir sexualmente a una exgerente de la institución.

Faña, quien está suspendido en sus funciones, está bajo arresto y amaneció preso en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.

Fue el procurador de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, quien ordenó su arresto por la acusación de la supuesta agresión sexual contra María Isabel Flores Encarnación.

Un grupo de personas están frente al Palacio de Justicia de Ciudad Nueva, quienes dicen que son enemigos de Faña los que tramaron esta acusación.

Carmen Olivares dijo que tiene 20 años trabajando con Leonardo Faña y asegura que es un hombre sano y noble.

Otra más dijo que Faña no tiene la malicia para drogar a una mujer y luego violarla.

Faña está preso, atendiendo una solicitud del procurador de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, José del Carmen Sepúlveda. La jueza Nancy María Joaquín Guzmán, autorizó el arresto de Faña Batista, mediante el auto número 003-2021, del 4 de febrero de 2021.

El procurador del Carmen Sepúlveda adelantó que el Ministerio Público solicitará a la jueza de la instrucción disponga prisión preventiva para el imputado.

El caso contra Faña Batista inició con una denuncia presentada por Flores Encarnación, ante la Unidad de Atención y Prevención de Violencia del Distrito Nacional.

La Unidad de Violencia de Género tramitó el caso a la Corte de Apelación del Distrito Nacional, atendiendo que el funcionario debe ser investigado por un órgano de segunda instancia, ya que goza de jurisdicción privilegiada.

El Ministerio Público mantiene la investigación de oficio, como lo establece el artículo 30 del Código Procesal Penal, debido a que la mujer denunciante desistió del querellamiento.

El Ministerio Público imputa a Faña Batista la violación de los artículos 309 numeral 1, 330 y 332 del Código Penal Dominicano.

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