Frustrada quedó la intención de un hombre que buscaba cambiar su nombre de nacimiento para que se le llame por «Keyla». El joven oriundo de La Vega llevó su solicitud hasta el Tribunal Constitucional, pero fue rechazado.
De acuerdo a la instancia, el periplo del joven, de unos 30 años, oriundo de La Vega inició en 2023, cuando el Tribunal Superior Electoral decidió no acoger su solicitud por contravenir las disposiciones de la ley 4-23 orgánica de los Actos del Estado Civil.
«El conflicto en cuestión se origina con motivo de la solicitud de cambio de nombre en el acta de nacimiento depositada por el señor (…) ante la Secretaría General del Tribunal Electoral el cuatro (4) de mayo del dos mil veintitrés (2023)».
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«Los nombres que se le otorguen a una persona no podrán atentar contra la dignidad ni objetivamente perjudicar ni crear confusión en cuanto a la identificación del sexo de la persona».
Sin embargo, para el colectivo Transsa el caso evidencia un vacío legal porque desconoce precedentes en esa materia.
En sus motivaciones la sentencia del Tribunal Constitucional establece que la solicitud del cambio de nombre no estuvo sustentada en una identidad de género autopercibida. Sino en el uso cotidiano del nombre Keyla, sin que se detallaran las implicaciones personales, sociales o psicológicas de ese uso.
La sentencia contó con el voto disidente de la magistrada Sonia Díaz Inoa y los votos salvados de Manuel Ulises Bonnelly y Amaury A. Reyes Torres, quienes plantearon algunos desacuerdos.