Santo Domingo, R.D. — La Asociación de Profesores de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (ASOPROJURyPO) calificó como una “contrarreforma” las recientes modificaciones realizadas por el Congreso Nacional al Código Procesal Penal (CPP), al considerar que estas representan un retroceso en materia de garantías, derechos fundamentales y principios constitucionales.
El presidente de la entidad, John Garrido, señaló que las nuevas disposiciones aprobadas vulneran conquistas alcanzadas desde la promulgación del CPP del 2004. El mismo ampliando de manera “ilimitada” los poderes del Ministerio Público y reduciendo las garantías procesales del imputado.
ASOPROJURyPO denunció que la reforma permite que el Ministerio Público emita opiniones y difunda información pública sin límites sobre investigaciones en curso, tal como establece el artículo 14 del nuevo CPP. Esta práctica —advirtió Garrido— viola la Constitución, tratados internacionales. También precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que prohíben a funcionarios realizar juicios anticipados sobre personas no condenadas.
También criticó la creación de la figura de “reiteración delictiva”. La misma impediría a un imputado acceder a salidas procesales alternativas solo por haber tenido imputaciones previas, aun sin una condena firme. “Esta disposición transgrede la presunción de inocencia y viola el derecho a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho”, afirmó.
Plazos procesales y responsabilidades cuestionadas
El gremio señaló que la modificación de los plazos procesales afecta directamente al imputado, ya que el cómputo del plazo máximo inicia desde la imposición de medidas de coerción, y no desde el inicio de la investigación, como establece la jurisprudencia de la Corte IDH.
PUEDES LEER:
Asimismo, criticó que las nuevas disposiciones responsabilicen al imputado por las dilaciones del proceso. “El imputado no dirige el proceso penal; esa es competencia de los jueces y del Ministerio Público”, destacó Garrido.
Otra de las críticas se centra en la ampliación de las causales de prisión preventiva, lo que —según ASOPROJURyPO— convierte esta medida en prácticamente automática en casos donde existan antecedentes. También imputaciones previas o cuando el Ministerio Público considere que el imputado representa una amenaza.
“Es una disposición arbitraria, inconstitucional y contraria a estándares internacionales”, expresó la asociación, recordando que México fue condenado por la Corte IDH por una figura similar.
Medidas secretas y ampliación del poder investigativo
La organización académica denunció también que la reforma permite al Ministerio Público ejecutar embargos y medidas conservatorías. Esto sin notificar al investigado, afectando su derecho de defensa y su patrimonio.
Asimismo, criticó que se autoricen investigaciones realizadas total o parcialmente en secreto, lo que —advirtió— viola el derecho a la defensa al impedir el acceso oportuno al expediente.
ASOPROJURyPO afirmó que el Congreso Nacional desatendió el precedente constitucional TC/0765/24, que ordenaba corregir vicios formales de la Ley 10-15, pero no autorizaba una reforma profunda del CPP. Al introducir modificaciones adicionales, aseguran que el legislador incurrió en desacato a la sentencia del Tribunal Constitucional.
Llamado a un marco procesal equilibrado
La organización reiteró que un Código Procesal Penal debe garantizar una persecución efectiva del delito, pero dentro de un marco respetuoso de los derechos fundamentales.
“No puede colocarse a una de las partes —el Ministerio Público— por encima del orden jurídico. El CPP es un límite al poder punitivo del Estado, no una herramienta para ampliarlo sin control”, concluyó Garrido.