Santo Domingo, RD.- La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP, por sus siglas en inglés) es una agencia federal clave dentro del Departamento de Seguridad Nacional (DHS), encargada de proteger las fronteras de EE. UU. y regular el comercio internacional. Con sede en Washington D.C., la CBP juega un rol fundamental en la prevención de actividades ilícitas, como el narcotráfico, el terrorismo y el tráfico de personas.
Funciones principales de la CBP
La misión principal de la CBP es impedir la entrada de terroristas, armas y contrabando al país. Además, sus responsabilidades incluyen la protección de la economía de EE. UU. a través de la regulación de importaciones y exportaciones, así como la recaudación de aranceles aduaneros, que son una fuente importante de ingresos para el gobierno estadounidense.
Con más de 60,000 empleados, la CBP es una de las agencias más grandes de aplicación de la ley en Estados Unidos. Esta fuerza incluye oficiales de aduanas, agentes de la patrulla fronteriza y especialistas en comercio y agricultura. Estos últimos se encargan de evitar la propagación de plagas y enfermedades que puedan afectar a las industrias agrícolas de EE. UU.
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Organización y áreas de operación de la CBP
La CBP tiene una estructura jerárquica compuesta por varias oficinas especializadas, como la Oficina de Operaciones de Campo, la Oficina de la Patrulla Fronteriza y la Oficina de Aire y Marina, entre otras. Cada una de estas oficinas tiene responsabilidades específicas que van desde la inspección de carga y pasajeros en puertos de entrada hasta la seguridad de contenedores internacionales.
Un aspecto destacado es su programa de equipos caninos, que es el más grande de cualquier agencia federal de EE. UU. Estos perros entrenados son vitales para la detección de contrabando en puertos y estaciones fronterizas.
Sanción reciente a empresa china en República Dominicana
Recientemente, la CBP impuso una sanción la empresa china Kingtom Aluminiun en República Dominicana, por trabajo forzado o contratado, en violación de la Sección 307 de la Ley Arancelaria de 1930.
Con la sanción, Kingtom Aluminio no podrá exportar sus productos hacia territorio dominicano.
Asimismo, se recuerda que la referida empresa ha sido cerrada en dos ocasiones por el Ministerio de Trabajo dominicano por “prácticas abusivas que ponen en peligro la vida de sus trabajadores”.