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Proceso de votación para privados de libertad preventivos: Una conquista de la Defensa Pública

Santo Domingo.-El director nacional de la Defensa Pública, Rodolfo Valentín Santos, ha indicado que la Comisión de Cárceles de la institución continúa pendiente para que se garantice el derecho al voto de todos los privados de libertad en condición preventivos. A pesar del avance, solo 4,300 de los 15,473 preventivos están habilitados para votar en las próximas elecciones. Además de que, aún queda mucho por hacer para cumplir plenamente con la constitución y las sentencias judiciales que respaldan este derecho fundamental.

En preparación para las elecciones presidenciales y congresuales del 19 de mayo de 2024, la Junta Central Electoral ha proporcionado un padrón que incluye a 4,300 privados de libertad. Los mismos distribuidos en 21 recintos penitenciarios, abarcando 17 centros del nuevo modelo. Además de 4 centros del modelo tradicional, entre los cuales están Salcedo, Nagua, 15 y 19 de Azua.

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Logros de la Oficina Nacional de Defensa Pública para privados de libertad

La Oficina Nacional de Defensa Pública ha logrado un hito significativo en la lucha por los derechos civiles al garantizar el ejercicio del voto para los privados de libertad en condición preventiva. Desde su creación, esta institución ha abogado incansablemente por hacer efectivo este derecho fundamental. También dando lugar a la aprobación del Reglamento para la Implementación del “Voto Penitenciario”. El mismo de parte del Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) el 21 de noviembre de 2023.

El camino hacia esta conquista ha estado marcado por acciones legales y defensas judiciales. En 2018, la Defensa Pública presentó un recurso ante la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional para impugnar la exclusión del voto de los preventivos en las elecciones de 2020. Esta iniciativa, respaldada por el Tribunal Constitucional Dominicano a través de la SENTENCIA TC/0236/17, resalta la importancia de distinguir los derechos que pueden ser suspendidos como consecuencia de una condena. El derecho al voto un derecho inalienable incluso en esta situación.

Normativas internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Declaración Universal de Derechos Humanos y la Convención Americana garantizan el voto universal y exigen una regulación justa sin restricciones indebidas.

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