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Reforma a Ley 112-00 no solucionaría problema de precios de los combustibles

Santo Domingo, R.D.-Luego que el presidente de la República, Luis Abinader, anunció que su Gobierno impulsará un proyecto para reformar la Ley de Hidrocarburos, la 112-00, han surgido esperanzas de que esa medida ponga freno a las constantes alzas de los combustibles.

Pero el problema de fondo respecto a los aumentos de los combustibles no se encuentra en esa ley del año 2000, sino en las modificaciones que le han aplicado y las libertades que se han tomado los ministros de Industria y Comercio, a lo largo de los años.

Lo primero que debemos recordar es que la base para el cálculo del precio al que se venderán los combustibles es el Precio de Paridad de Importación (PPI), el cual está regido por la Ley 112-00, a través del Capítulo Sexto.

Dentro de ese cálculo, se podrían modificar o eliminar, por ejemplo, elementos como el llamado Gasto de Administración de Ley (GAL), que según establece la norma, se refiere a una comisión que Industria y Comercio establece por resolución para cubrir los costos de fiscalización y supervisión de las recaudaciones del impuesto.

El economista Henry Hebrard detalla que GAL es una partida que no está claro su origen, “yo sé que una vez llegó a cobrarse hasta 4 pesos en GAL y esa es una partida que está escondida dentro del PPI, por eso es tan importante que con mayor transparencia se publique con mayor regularidad todos los detalles de lo que conforma el PPI”.
En cuanto a los impuestos como tal, la Ley 112-00 contemplaba montos fijos entre 1 punto 5 y 18 pesos por galón, el más alto, es aplicado a la gasolina Premium y el GLP quedaba exento de gravámenes, sin embargo, el artículo 25 de la Ley 557-05 eleva estos montos y, en el caso de la gasolina Premium, lo lleva a 50 pesos con 59 centavos.

Además, esa modificación legal crea en el artículo 23, un impuesto ad valorem del 13 por ciento a todos los combustibles e incluye, por primera vez, impuestos al GLP.

Ese monto se llevó luego al 16 por ciento, a través de la Ley de Rectificación Tributaria 495-06, y más adelante, con la Reforma Fiscal del año 2012, el Gobierno de Danilo Medina elevó el impuesto de monto fijo, establecido en el artículo uno de la Ley 112-00 a 64 pesos con 35 centavos, manteniendo el impuesto ad valorem en 16% y aplicando un nuevo gravamen de 2 pesos, que según el artículo 20 de la Ley 253-12, se usaría para promover el desarrollo vial y la renovación del parque vehicular de transporte público de pasajeros y de carga.

Con estas modificaciones, el impuesto que establece la Ley 112-06 para la Gasolina Premium asciende a 66 pesos con 35 centavos, y así queda establecido en la última resolución emitida en 2012 por el Ministerio Industria y Comercio para fijar los precios de los combustibles, la número 2012-334.

Sin embargo, desde el año 2014 los boletines semanales reflejan ese monto en 71 pesos con 85, pero en el portal del Ministerio de Industria y Comercio no están disponibles los avisos semanales sobre precios de los combustibles emitidos en el año 2013 y en ese año no se hicieron modificaciones a la Ley de Hidrocarburos, por lo que es un misterio el por qué se incrementaron 5 pesos más a los impuestos establecidos en la Ley 112-00 y sus modificaciones.

Sin embargo, como demostró la periodista Julissa Céspedes en su más reciente Reporte Especial, han sido las resoluciones de los ministros de Industria y Comercio las que han alterado el precio del flete internacional, las ganancias de los transportistas, han sido por esa vía que se han introducido aumentos para beneficiar a las empresas importadoras y han llegado a aplicarse tasas que van directo a las arcas del Estado, como los 80 centavos por galón para la Administración del Bonogas, sin que el Congreso Nacional, único órgano con potestad para legislar y crear impuestos, se pronuncie ni ponga freno a la escalada de precios que debemos pagar cada día quienes consumimos gasolina, gasoil, gas natural o GLP.

Por Óscar Guédez

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